Poder Judicial rechaza hábeas corpus de Alberto Fujimori
Poder Judicial rechaza hábeas corpus de Alberto Fujimori
Mario Mejía Huaraca

La Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel declaró infundado en segunda instancia el hábeas corpus presentado por el encarcelado ex presidente para anular la sentencia que lo condenó a 25 años de prisión por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, según informaron fuentes del Poder Judicial.

El colegiado B de la Cuarta Sala Penal resolvió así la apelación que había presentado la defensa de Alberto Fujimori contra la sentencia de la jueza del 43 Juzgado Penal de la Corte Superior, María Niño Palomino, quien en primera instancia, en setiembre del 2015,  en todos sus extremos el hábeas corpus.

Alberto Fujimori adujo en su recurso una supuesta vulneración al debido proceso, por lo que solicitó la anulación del fallo de los casos Barrios Altos y La Cantuta y pidió que se le juzgue nuevamente.

La defensa de Alberto Fujimori también alegó que el juez César San Martín de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema violó el principio de imparcialidad al permitir la influencia en su decisión de un tercero a través de correos electrónicos.

En su resolución, la jueza Niño Palomino argumentó que el fallo condenatorio contra Alberto Fujimori emitido por la Primera Sala Penal Especial así como la sentencia de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema que lo confirmó fueron producto de un “proceso regular”, en el que se respetaron los derechos fundamentales de Fujimori.

La Cuarta Sala Penal, que escuchó el 22 de enero de este año los alegatos de Alberto Fujimori, acaba de ratificar lo señalado por la jueza Niño Palomino.

El colegiado “B” de la Cuarta Sala Penal está integrado por los jueces Carlos Ventura Cueva, Luisa Napa Lévano y Cayo Rivera Vásquez.

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