La Junta Nacional de Justicia (JNJ) se pronunció sobre el procedimiento disciplinario iniciado contra la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello. (Foto: Andina)
La Junta Nacional de Justicia (JNJ) se pronunció sobre el procedimiento disciplinario iniciado contra la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello. (Foto: Andina)
Redacción EC

El presidente de la , Gino Ríos, aseguró que el inicio de un es un “acto legítimo y debe ser respetado”.

En un comunicado, aseguró que la institución que preside tiene la función constitucional de velar porque los magistrados “impartan justicia con independencia, prontitud, imparcialidad, razonabilidad y respeto al debido proceso”.

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“La JNJ tiene la facultad constitucional de investigar cuando existan indicios de posibles faltas de los magistrados a los deberes establecidos en la Ley de la Carrera Judicial, más aún si han sido denunciadas por un ciudadano”, expresó.

El comunicado del titular de la JNJ se emitió luego de iniciar un proceso disciplinario inmediato a la actual presidente del Poder Judicial, Janet Tello, y a otros cuatro jueces que integraron junto a ella una sala de la Corte Suprema.

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El portal El Foco indicó que el proceso se basa en que Janet Tello y los otros cuatro jueces que integraban el año pasado la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema habrían citado en una sentencia una ley que ya no estaba vigente.

El procedimiento podría terminar con la destitución de la magistrada, quien desde que asumió funciones en enero pasado ha sido crítica de las leyes del Congreso que han afectado al sistema de justicia y de los ataques de la presidenta Dina Boluarte a su institución.

Comunicado de la Junta Nacional de Justicia. (Foto: JNJ)
Comunicado de la Junta Nacional de Justicia. (Foto: JNJ)

Justifica procedimiento disciplinario

Al respecto, Gino Ríos indicó que la apertura de un procedimiento disciplinario no constituye, en ningún caso, un delito de avocamiento indebido y se da cuando a sabiendas una autoridad se atribuye la competencia para intervenir en un proceso que está siendo tramitado por un órgano jurisdiccional sin tener la facultad para hacerlo.

“La apertura de un procedimiento disciplinario está dentro de las competencias constitucionales que tiene la JNJ y no tiene como objeto asumir la competencia jurisdiccional de investigar, resolver o apoderarse de un asunto o causa que un juez viene tramitando, sino evaluar la conducta funcional de un magistrado con el objeto de garantizar la correcta administración de justicia y el respeto por las normas que rigen su comportamiento”, subrayó.

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“Por tanto, no representa una interferencia a un proceso judicial, sino un acto legítimo dentro de las atribuciones constitucionales que tiene la JNJ para asegurar la integridad del sistema judicial. Atribuir la comisión de un delito mediante los medios de comunicación constituye difamación agravada”, agregó.

Del mismo modo, aseveró que cualquier intento de deslegitimar el trabajo de la JNJ, al señalar que su acción es apresurada o infundada, “debilita el Estado de Derecho y la confianza en las instituciones encargadas de velar por la justicia”.

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Finalmente, lamentó que se emitan declaraciones sobre una supuesta suspensión en sus funciones y destitución de los magistrados integrantes de la Sala Suprema sin que los mismos hayan sido notificados formalmente de la apertura de un procedimiento disciplinario.

“El trámite de todo procedimiento sigue su conducto regular dentro de los plazos establecidos”, acotó Ríos Patio en su comunicado.

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