Mateo Castañeda, exabogado de Dina Boluarte, es uno de los investigados por el caso "Los Waykis en la sombra". (Foto: GEC)
Mateo Castañeda, exabogado de Dina Boluarte, es uno de los investigados por el caso "Los Waykis en la sombra". (Foto: GEC)

La Segunda Sala Constitucional de Lima resolvió que el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop) ya no esté a cargo de la investigación seguida contra por el caso .

Como se recuerda, el exabogado de la mandataria Dina Boluarte enfrenta cargos por organización criminal, tráfico de influencias y falsedad genérica en agravio del Estado.

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Héctor Villalobos
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La sala declaró fundada la medida cautelar presentada por Castañeda y su caso se derivará a otra fiscalía distinta al Eficcop, esto es, a la fiscalía especializada en el delito imputado.

Según el documento al que accedió este Diario, la finalidad es que la investigación contra Mateo Castañeda esté a cargo de otra fiscalía “que no contravenga el principio de objetividad”.

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En su resolución, la sala señaló que Castañeda ha demostrado que los fiscales del Eficcop se encuentran directamente involucrados como agraviados en los hechos que investigan, lo que compromete su objetividad.

Asimismo, recordó que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el caso Arsenio Oré Guardia establece que un fiscal no puede investigar hechos en los que él mismo es parte afectada.

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“La actuación del EFICCOP vulnera el principio de objetividad, lo que configura una afectación al debido proceso”, indicó el tribunal, que subrayó que la permanencia de dicho equipo como órgano investigador “genera un riesgo constante de afectación irreparable a los derechos del solicitante, como ocurrió con su detención”.

“La exclusión del EFICCOP y la derivación del caso a otro fiscal es una medida razonable, proporcional y congruente con la pretensión principal. No paraliza el proceso penal, sino que garantiza su continuidad bajo condiciones de objetividad y neutralidad”, enfatizó.

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El 22 de noviembre del 2024, el juez Richard Concepción Carhuancho dictó 24 meses de prisión preventiva contra Mateo Castañeda. La decisión fue revocada un mes después por la Quinta Sala Penal de Apelaciones.

La sala superior dictó mandato de comparecencia con restricciones. Castañeda deberá cumplir con la prohibición de salida del país durante 24 meses y pagar una caución de S/. 10,000.

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