El fiscal Carlos Ordaya López, del Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder (), requirió al Poder Judicial que se realice un control difuso y no se aplique la Ley N°32108, que modifica la figura de crimen organizado y fue promulgada por el actual Congreso. Todo ello en el marco del caso conocido como ‘’.

Ordaya planteó su pedido al juez , cuyo despacho tiene a su cargo la evaluación del requerimiento de prisión preventiva por 36 meses en contra de , hermano de la presidenta , así como su exabogado y otros cuatro de los 24 presuntos integrantes de la organización criminal.

Tras una postergación de más de diez días, este miércoles se inició con la sustentación del requerimiento del Eficcop que también alcanza a Jorge Luis Ortiz Marreros, Zenovia Griselda Herrera Vásquez y los hermanos Jorge y Noriel Chingay Salazar.

La audiencia —que inició a las 11:00 a.m., con un receso de hora y media— fue suspendida cerca de las 5:30 p.m., y se continuará este jueves a la misma hora.

Norma es “inconstitucional”

Al comienzo de la audiencia este miércoles, se dio a conocer una serie de escritos, entre ellos, el del fiscal provincial Ordaya donde requiere al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria el inaplicar la Ley N°32108.

“Como Ministerio Público, resulta relevante que primero se debata sobre la inaplicación de la ley que ha modificado el artículo 317 y la Ley de Crimen Organizado que ya es de conocimiento público. (...) Consideramos que es relevante a efectos de poder iniciar con el requerimiento de prisión preventiva y evitar nulidades posteriores que las defensas podrían plantear más adelante”, dijo Ordaya al juez en un momento.

En el escrito, al que accedió El Comercio, el integrante del Eficcop incidió en que la Ley N°32108 “en todos sus extremos es una norma inconstitucional” y que “colisiona frontalmente” con convenciones internacionales sobre la materia, justamente como la Convención de Palermo.

También menciona que ni bien se promulgó la norma, el congresista Waldemar Cerrón (Perú Libre) —promotor de la ahora ley— y su hermano el prófugo Vladimir Cerrón han requerido el archivo de una pesquisa al amparo de esta norma; al igual que el legislador José Luna Gálvez (Podemos Perú). Y cuestiona que esta no fue observada por la jefa del Estado, Dina Boluarte.

“Estas disposiciones resultan ser inconstitucionales e inconvencionales por trasgredir la Constitución y los diversos tratados internacionales [de los cuales] el Estado peruano es parte, asimismo, por ser normas pro-impunidad a los graves delitos de criminalidad organizada”, se lee en el documento ingresado el mismo miércoles.

De otro lado, el abogado de la investigada Griselda Herrera, Luis Chanján Ghio, planteó una cuestión previa y solicitó la adecuación de la solicitud de prisión preventiva de la fiscalía pues “se basa en una norma derogada”, justamente a propósito de la modificación realizada por el Congreso.

En diálogo con El Comercio, Chanján explicó que con su pedido busca que se ajuste el requerimiento fiscal a las nuevas disposiciones legales emitidas y se resuelva si la conducta que se le atribuye a su patrocinada calza con la nueva tipicidad establecida.

Sin embargo, ante las nuevas solicitudes, el juez Concepción Carhuancho indicó que ello se abordaría próximamente, por lo que quedó pendiente de verse aún en las siguientes audiencias. Se requirió a la fiscalía que inicie la oralización de su pedido de prisión preventiva.

Fuentes de El Comercio explicaron que si el juez decide aplicar las exigencias de la nueva ley, tendría que retornarse el pedido de prisión preventiva al Ministerio Público para “reestructurarlo” y encuadrarlo a la reciente normativa.

Nicanor habría tenido un “poder de facto”

Durante su intervención, la fiscalía ratificó su tesis de que Nicanor Boluarte encabezaría una presunta organización criminal, la cual habría “instrumentalizado” a las autoridades políticas —es decir, prefectos y subprefectos— para lograr la inscripción del partido Ciudadanos por el Perú (CPP).

Específicamente, el Ministerio Público desglosó en cinco hechos el caso: las influencias “ilícitas” para la designación de autoridades políticas en San Martín; las influencias similares llevadas a cabo en Cajamarca; así como las acciones igualmente desplegadas en Lima y otras regiones como Apurímac, Puno, Junín, Ica y Cusco.

A esos tres hechos se le suma las “operaciones ilícitas” desplegadas tanto en Provías Descentralizada y el IPD y las acciones llevadas a cabo por el presunto “brazo legal” de la presunta red criminal.

Según apuntó durante la audiencia el representante del Ministerio Público, “la génesis” de la presunta organización criminal que habría encabezado Nicanor Boluarte habría sido el 7 de diciembre de 2022, tras la asunción de Dina Boluarte a la Presidencia, y “por cuanto se le otorgó un poder de facto” a su hermano. Y, según advirtió, la presunta organización criminal “seguiría activa”.

“El investigado Nicanor Boluarte, en su condición de integrante de la presunta organización criminal cumpliría el rol de líder, quien investido del poder de facto proveniente de su hermana la presidenta Dina Boluarte planificó y proyectó el plan de la presunta organización criminal. Sin este poder, el investigado no hubiera podido lograr la designación de prefectos y subprefectos”, remarcó.

El fiscal Ordaya también incidió en que el objetivo de la presunta organización habría sido el “obtener ganancias ilícitas”, al remarcar que en las regiones como San Martín y Cajamarca se habrían efectuado cobros a las autoridades políticas y que también se habría tenido injerencia en otros estamentos del Estado.

“Las modalidades en cada región son distintas. En San Martín, los pagos eran mensuales de S/150, en Cajamarca para ingresar a las prefecturas y subprefecturas era de S/5000 a S/3500 y, en Lima, era también con cobro de dinero, pero ahí entraba a tallar las polladas a elevados costos que imponían a prefectos y subprefectos para que puedan comprar y así obtener ganancias”, indicó.

La fiscalía remarcó que todos los “mandos medios” de la presunta organización criminal daban cuenta de su accionar al hermano de la presidenta “por cuanto de ahí venían los lineamientos”. En la estructura, la fiscalía ubica en este punto a la investigada Griselda Herrera, así como a Noriel y Jorge Chingay Salazar.

El fiscal también apuntó que el “brazo legal” de la red —donde se ubica al abogado Mateo Castañeda— habría tenido el “propósito de neutralizar las investigaciones” que se llevan a cabo por el Eficcop contra la presunta organización criminal.

En su alocución de ayer, el representante del Ministerio Público abordó los elementos iniciales que sustentan su solicitud de prisión preventiva por el plazo de 36 meses, quedando pendiente este jueves que se termine de desarrollar el primer hecho atribuido.

Si bien los abogados de las partes aún no intervinieron, en la víspera la defensa de Nicanor Boluarte, Luis Vivanco, indicó que no hay sustento para dictar prisión preventiva contra su patrocinado pues cuenta con arraigo domiciliario, laboral, económico “y no ha llevado a cabo ninguna conducta que nos haga suponer que se va a escapar o entorpecer” la pesquisa.

Datos:

  • Además de la inaplicación de la Ley 32108, el Eficcop también incluyó nuevos elementos de convicción en contra del hermano de la mandataria y otros investigados, los cuales —se precisó— provienen de una colaboración eficaz.
  • Por disposición del juzgado también quedó en abordarse ello en las siguientes audiencias
  • El abogado de Mateo Castañeda dio a conocer en la audiencia que se entregó al juzgado el pasaporte original de su patrocinado para acreditar arraigo en el país. También presentó su historia clínica.