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Acusación contra PPK por lavado de dinero se acerca a juicio oral: ¿cuáles son los recursos rechazados y aceptados y que se espera?
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La acusación de la fiscalía contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) por lavado de dinero en el Caso Westfield Capital está próxima a llegar a juicio oral luego del reciente rechazo a un último recurso de su defensa para evitar llegar a esa etapa.
La decisión implica que -a menos que una apelación de la defensa prospere en las próximas semanas- el economista de 86 años deberá ser juzgado por un tribunal para determinar su culpabilidad o inocencia frente a la acusación del Ministerio Público.
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Héctor Villalobos analiza a fondo los hechos políticos que definen la agenda, cada miércoles.
Sin embargo, el agravante de la acusación por su presunta pertenencia a una organización criminal llegaría a esa fase debilitada por la exclusión del caso de su secretaria y su chofer. Sin ellos, ese lado no se sostiene, ya que la presunta red no tendría el mínimo de tres integrantes.
Así, a menos que una apelación anunciada por la fiscalía prospere, PPK solo sería juzgado solo por lavado de dinero, sin el agravante de la red criminal, y la pena requerida en su contra se reduciría.
Estos avances llegan luego de dos años del cierre de la investigación fiscal y de la presentación del requerimiento acusatorio contra el expresidente.
Las pesquisas del Ministerio Público a las empresas y asesorías de PPK por sus presuntos vínculos con Odebrecht se remontan a fines del 2017, hace casi ocho años, cuando el economista todavía estaba en Palacio de Gobierno, y llevaron a que el Poder Judicial le imponga arresto domiciliario entre el 2019 y 2022.
Hoy es procesado en libertad y sin restricciones en este proceso, pero con un impedimento de salida del país a raíz de una de las otras siete investigaciones que lo involucran.
En mayo del 2023, el fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial, Lava Jato culminó su investigación y presentó su acusación por este caso contra PPK y otras tres personas: el empresario chileno Gerardo Sepúlveda, su secretaria Gloria Kisic y su chofer José Luis Bernaola. A todos se les imputó el delito de lavado de activos con el agravante de la pertenencia a una organización criminal.

En el requerimiento, se acusó a Pedro Pablo Kuczynski de conformar esta presunta red criminal, que habría recibido más de US$ 12 millones de la Odebrecht y otras empresas en consultorías y asesorías encubiertas por obras como Olmos, IIRSA y Rutas de Lima.
Para el exmandatario y para Gerardo Sepúlveda se solicitaron 35 años de prisión; para Gloria Kisic, 23 años; y para José Luis Bernaola, 11 años y 6 meses.
En concreto, a PPK se le imputó el delito de lavado activos con el agravante de organización criminal por presuntamente lavar dinero proveniente de Transportadora de Gas del Perú (US$ 1.8 millón) y de Odebrecht por los proyectos Trasvase Olmos (US$ 1 millón), Interoceánica Sur (US$ 1.1 millón) y Rutas de Lima (US$ casi 4.6 millones).
La defensa de PPK rechaza la acusación y sostiene que todos los ingresos del expresidente y sus empresas fueron como parte de servicios profesionales. En esa línea, presentaron recursos para archivar el caso sin que este llegue a juicio oral. Lo mismo hicieron los otros tres acusados.

Desde entonces, el requerimiento fiscal está en la etapa de control de acusación. Esta es la fase en que un juez de la Corte Superior Nacional evalúa el caso para determinar si se cumplen los requisitos de forma y si hay un mínimo de evidencia para que el proceso se resuelva luego en un juicio oral.
En las últimas dos semanas se dieron decisiones claves que confirman que habrá un juicio por este caso, pero que no todos los procesados irán a esa etapa.
Ya a fines del año pasado, como parte del control de acusación, el juez accedió al pedido de José Luis Bernaola para sobreseer (archivar) el extremo de la acusación en su contra. No obstante, el proceso siguió contra los otros tres acusados: PPK, Gerardo Sepúlveda y Gloria Kisic.
En mayo pasado, el magistrado rechazó un primer pedido de PPK para sobreseer (archivar) el proceso contra PPK. Consideró que la acusación del Ministerio Público sí reunía indicios “suficientes” y “razonables” para que la culpabilidad o inocencia del expresidente se decida en un futuro juicio. Aun así, todavía restaba otro recurso, conocido como excepción de improcedencia. Allí se argumentaba, esencialmente, que los hechos atribuidos al expresidente no podían considerarse como delito de lavado de dinero.
Finalmente, en la audiencia de control de acusación del 11 de junio, el juez Jorge Chávez Tamariz rechazó ese último recurso con el que la defensa de PPK buscaba archivar la acusación. “Los hechos descritos por el Ministerio Público encajan en una estructura típica de lavado de activos”, dijo el magistrado en su resolución leída ese día.
“La defensa sostiene que se trató de un servicio profesional. Al respecto, el Ministerio Público ha considerado que se usó una fachada para legitimar dinero ilícito. El hecho de que existan contratos y transferencias no excluye (la presunta comisión de) lavado”, agregó el juez al referirse a los pagos descritos por el Ministerio Público en su acusación y que, según la acusación, sería parte de una trama de lavado de dinero.
Si ese dinero tuvo un origen ilícito presumible y si constituyó el delito de lavado, consideró el juez, deberá definirse en el futuro juicio oral.

“No encuentro razones para atender esta petición.Declaro infundada la excepción de improcedencia de acción por la defensa técnica de Pedro Pablo Kuczynski Godard de los hechos dos, cuatro, cinco y seis con la agravante organización criminal en agravio del estado”, concluyó. La defensa de PPK apeló, pero el control de acusación siguió adelante.
No obstante, en la sesión, el juez Chávez Tamariz sí accedió al mismo recurso (excepción de improcedencia) presentado por la acusada Gloria Kisic. Meses atrás, el magistrado había rechazado su pedido, pero la sala de apelaciones anuló esa decisión y ordenó que se vuelva a pronunciar.
En su nuevo pronunciamiento, el juez accedió a archivar la acusación por lavado de activos contra Gloria Kisic. Para ello, acogió el argumento de que las acciones que se le atribuyen fueron parte de su trabajo como secretaria del expresidente, lo que se califica como “conducta neutral”.
“El acto neutral no puede generar en ningún caso responsabilidad penal (…) Según la imputación, Kisic Wagner se comportó como un auxiliar al que se le encomendaba por parte de su empleador, Pedro Pablo Kuczynski, los actos del que ahora se le imputa, de modo que no estaba obligada a conocer el origen del dinero que provenía de Odebrecht”, dijo.
“Tampoco, desde su condición, estaba obligado a conocerlo y menos a pedir explicaciones a su empleador del origen del dinero", añadió.
![Gloria Kisis Wagner también trabajó para PPK en el despacho ministerial de Energía y Minas entre 1980 y 1982. [Foto: El Comercio]](https://elcomercio.pe/resizer/v2/SLX77JQHC5FVPHSQTG3JDA4ILE.jpg?auth=8bcfc3b06f30a96e1c7f5a917dd39eb17b804fa1d2c6605c38af5dd49f29b7b9&width=1214&height=698&quality=75&smart=true)
Por ello, declaró fundado la excepción de improcedencia, lo que supone el archivo de la acusación contra Gloria Kisic. La fiscalía apeló la decisión, pero el proceso penal sigue adelante ya sin ella. Solo resta definir la situación del otro acusado que queda en el proceso, Gerardo Sepúlveda, quien también pidió el archivo (sobreseimiento) de su caso.
En la audiencia, del miércoles 18 de junio, la defensa de Gerardo Sepúlveda hizo otro pedido: planteó al juez que se archive el agravante de organización criminal para el resto de acusados. Esto debido a que a que ahora quedan solo dos de ellos (su defendido) y para hablar de una organización criminal se requieren al menos tres personas. La defensa de PPK se sumó a la solicitud.
“El Ministerio Público imputa a los procesados que quedan, el señor Kuczynski y el señor Sepúlveda, el delito de lavado de activos en organización criminal. Una organización criminal que ahora estaría compuesta por dos personas (…) No se cumpliría con el elemento básico de los tres miembros para sostener la viabilidad jurídica del agravante de organización criminal que se imputa”, dijo Percy García Cavero, defensor de Gerardo Sepúlveda.
La fiscalía rechazó ese argumento, al recordar que el mismo juez y una sala superior de apelaciones ya rechazaron un pedido previo de PPK para archivar el agravante de organización criminal. Sin embargo, todavía está pendiente un debate más amplio entre las partes sobre ese aspecto.
Según conoció El Comercio, el juez emitirá su decisión sobre la situación de Gerardo Sepúlveda en la audiencia de control de acusación de este miércoles 25 de junio.
Luego, se espera que también se debata y se resuelva el otro pedido de las defensas para que se archive todo el agravante de organización criminal.

Desde el Ministerio Público comentaron a El Comercio que la decisión del juez Chávez Tamariz de seguir adelante con la acusación contra PPK por lavado de dinero, pero excluir a Gloria Kisic, “podría afectar” al agravante de organización criminal y “el juzgamiento solo sería por el tipo base de lavado de activos”. La consecuencia sería que la pena solicitada contra el expresidente se reduzca y ya no sea de 35 años.
Julio Midolo, abogado de PPK, dijo a este Diario que “al estar ya afuera el chofer y la secretaria, por lo menos en esta primera instancia, lo que subsiste es la imputación contra dos personas: Kuczynski y Sepúlveda".
“Con eso ya no es posible sostener que hay una organización criminal. Si esto queda así, a juicio pasarían solo estas dos personas por la figura base del lavado de activos, ya no con la organización criminal, por lo que tendrían que replantearse las penas, la participación, las complicidades, lo que la fiscalía ya tendría que hacer en una en una siguiente etapa”, comentó.
El defensor del expresidente añadió que esto “definitivamente tiene un impacto respecto a PPK, porque ya se diluye la imputación al sacar a dos personas del caso y al quedar únicamente la figura base del lavado de activos”.
Además, aseguró que “no hay ningún lavado, como lo he explicado varias veces, y al final también va a tener que archivarse eso”.
![PPK juntoa a José Luis Bernaola, quien también fue excluido del proceso durante el control de acusación. [Foto: El Comercio]](https://elcomercio.pe/resizer/v2/YVA6B5QD2JDWBBEVUFNMY7JUTI.jpg?auth=3935f994a7cfbd622052b54c837a2306285ab7b6481c8984d4fef8c24a566036&width=1214&height=698&quality=75&smart=true)
El abogado penalista Gilmar Andía, ex viceministro de Justicia, comentó que en este caso “si ya no existe el grupo criminal, si ya no están más de tres personas, evidentemente la agravante de (organización criminal) desaparece”. “Eso tendrá un efecto en el proceso que tiene que ver con la pena”, coincidió.
“(El juicio sería) por el tipo base de lavado, básicamente, porque a él se le imputa actos de conversión. Solamente iría por ese delito (…) La fiscalía va a tener que replantear su acusación en ese extremo (de la pena). Si han pedido 35 años (de condena), que es el máximo posible, ya sin tener ese agravante eso va a variar”, apuntó.
Andía añadió que esa adecuación debería resolverse dentro del mismo control de acusación para que el requerimiento llegue al juicio “saneado” y que el propio juez Chávez Tamariz debería disponer que la fiscalía haga esa precisión.
El futuro juicio contra PPK estará a cargo de un juzgado colegiado de la Corte Superior Nacional. Pero antes de eso, el juez Chávez Tamariz deberá resolver la situación de Gerardo Sepúlveda, decidir si persiste el agravante de organización criminal para PPK, definir qué pruebas serán admitidas para el futuro juzgamiento y emitir un auto de enjuiciamiento para ordenar formalmente que el caso vaya a juicio. Todo ese proceso debería terminar en el segundo semestre del año.