Caja Arequipa
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Redacción EC

El Juzgado Constitucional de la Corte de Justicia de Arequipa declaró fundada la medida cautelar que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa presentó por la ley que prohíbe la publicidad estatal en medios privados.

La decisión de la jueza Karina Apaza del Carpio declara inaplicable para este caso en particular la norma aprobada por el Congreso de la República.

En una nota de prensa de la Corte de Justicia de Arequipa, se señala que el Legislativo, que es la parte demandada, puede apelar la decisión. "De concederse recurso de revisión, se declararía con efecto suspendido; es decir, que en tanto no quede firme, [...] sea confirmada en segunda instancia, no podría aplicarse", indica.

Asimismo, se precisa que "hasta que este supuesto no ocurra, la también denominada 'Ley Mulder' no puede aplicarse para la citada entidad crediticia considerada [una empresa] pública pero de derecho privado".

En agosto, la Caja Arequipa interpuso la medida contra la ley que prohíbe la publicidad estatal porque considera que sus derechos, como la libertad de empresa, han sido vulnerados por la norma que el Congreso aprobó por insistencia.

El Tribunal Constitucional también debe pronunciarse por las acciones de inconstitucionalidad presentadas por un grupo de congresistas y por el Ejecutivo contra la ley. Su presidente Ernesto Blume informó que el TC dará a conocer su decisión sobre las demandas a mediados de este mes.