El TC revocó la orden de 18 meses de prisión preventiva que Ollanta Humala y Nadine Heredia cumplían desde julio del 2017. (Foto: Archivo El Comercio)
El TC revocó la orden de 18 meses de prisión preventiva que Ollanta Humala y Nadine Heredia cumplían desde julio del 2017. (Foto: Archivo El Comercio)
Redacción EC

El difundió esta tarde la resolución con la que devuelve la libertad al ex presidente y su esposa . Por mayoría, el organismo determinó que la ex pareja presidencial siga siendo investigada por presunto lavado de activos bajo comparecencia restringida.

Así, el TC declaró fundada las demandas de hábeas corpus presentadas por los abogados Luis Purizaca Furlong y Alberto Otárola Peñaranda. Declaró además nulas dos anteriores resoluciones del Poder Judicial que permitieron la prisión preventiva para Humala y Heredia.

(Captura)
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El TC señala en parte de su resolución que le ha llamado la atención que en las dos anteriores resoluciones del Poder Judicial “se hayan formulado afirmaciones que dan por hecho que los investigados son autores de delitos”. Para el ente, se tratan de expresiones “reñidas con la presunción de inocencia”.

En ese sentido, indica que “el espacio del debate acerca de la justificación del dictado o no de una medida de prisión preventiva es de naturaleza cautelar y no punitivo, por ende, no existe margen alguno, so pena de violar la presunción de inocencia, para afirmar y dar por establecido ningún tipo de responsabilidad penal”.

Más adelante, se refiere que “más allá del juicio mediático y más allá del a gravedad de los cargos, los jueces deben recordar que tener ante sí a un procesado es interactuar, en principio, con una persona inocente, porque la protege la presunción de inocencia y que, en tanto tal, merece el tratamiento que corresponde a esa condición”.

Esta es la resolución completa: