Medida busca asegurar el libre ejercicio del voto, la protección de funcionarios electorales y la custodia del material electoral. (Foto: Andina)
Medida busca asegurar el libre ejercicio del voto, la protección de funcionarios electorales y la custodia del material electoral. (Foto: Andina)
Redacción EC

La (ONPE) aprobó la versión actualizada de las “Instrucciones y disposiciones para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares”, cuya organización y ejecución estén bajo su responsabilidad.

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Esta medida fue oficializada mediante la Resolución Jefatural N° 000053-2025-JN/ONPE, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La normativa establece las directrices que deberán seguir las y la durante eventos electorales, de acuerdo con el artículo 186 de la Constitución Política y la normativa vigente.

La resolución dispone que el Comando de la Fuerza Armada pondrá a disposición de la ONPE el personal necesario para garantizar el libre ejercicio del derecho al sufragio, proteger a los funcionarios electorales en el ejercicio de sus funciones y custodiar el material y documentos destinados al acto electoral.

Entre las atribuciones asignadas a las fuerzas del orden figuran:

  • Brindar auxilio para garantizar el normal funcionamiento de las mesas de sufragio.
  • Asegurar el libre tránsito de electores desde el día previo hasta la jornada de votación.
  • Impedir cualquier acto de coacción, cohecho o soborno que limite la libertad del voto.
  • Facilitar el ingreso de personeros a los locales de votación.
  • Custodiar las sedes de los órganos electorales y oficinas de correos.
  • Hacer cumplir todas las disposiciones adoptadas por la ONPE.
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El organismo electoral notificó el contenido de esta resolución y su anexo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Comandancia General de la Policía Nacional, el (JNE), el (Reniec), la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público.

Asimismo, dispuso que la resolución y su anexo sean publicados en el Diario Oficial El Peruano, en la web institucional de la ONPE, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el portal de Transparencia de la entidad, dentro de los tres días posteriores a su emisión.

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