El Poder Judicial debe aclarar “a la brevedad posible y con celeridad”  la situación procesal de Daniel Urresti. (Foto: El Comercio)
El Poder Judicial debe aclarar “a la brevedad posible y con celeridad” la situación procesal de Daniel Urresti. (Foto: El Comercio)

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro solicitó este lunes al Juzgado Penal 17 de la Corte Superior de Lima “a la brevedad posible y con celeridad” información sobre el estado procesal actual de , candidato a la .

La solicitud fue enviada a la jueza Irina Villanueva, quien en el 2017 sentenció a Daniel Urresti por el delito de difamación agravada. La razón: existe un nuevo pedido de exclusión de las elecciones contra el candidato de Podemos Perú.

El ciudadano Belisario Sueldo solicitó la exclusión el último sábado. Señaló que el ex ministro del Interior tiene una sentencia “consentida y ejecutoriada” de un año de pena privativa de libertad suspendida por difamar al ex jefe de la Región Policial Suroriente Rodrigo Prada.

El Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, en el artículo 39.2, señala que el JEE dispone la exclusión de un candidato cuando este tenga una condena “consentida o ejecutoriada con pena privativa de la libertad”.

Entre los documentos presentados por Sueldo, está la resolución N°38 expedida el viernes pasado por el despacho de la jueza Villanueva. Esta indica: “cúmplase lo ejecutoriado” en su sentencia de agosto, la que fue confirmada en abril del 2018.

Daniel Urresti fue condenado hace un año por dicho delito y un tribunal superior ratificó la decisión. Pero su defensa presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema al considerar que ha sido sentenciado por un acto no previsto como delito.

Por este recurso que está en la Mesa de Partes de la Sala Penal Permanente, Urresti asegura que no se trata de una sentencia consentida y que tampoco está en ejecución.“Mientras se encuentre pendiente de resolver nuestro recurso ante la Corte Suprema, no puede considerarse como consentida o ejecutoriada la condena”, dijo en una carta al JEE.

Abogados consultados por este Diario afirman que la resolución del juzgado confirma que la sentencia está ejecutoriada. “La queja no interrumpe el hecho de que la sentencia esté ejecutoriada. Deberían haberlo excluido de la contienda”, afirmó el experto penalista Luis Lamas Puccio.

En la misma línea se mostró el especialista en derecho electoral José Tello: “Lo que dice la resolución es que tiene que ejecutarse la sentencia. Que se haya interpuesto un recurso no lo impide”.

►Antecedente
El 28 de agosto, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro rechazó un pedido de exclusión contra Daniel Urresti por este mismo caso. Señaló que la condena por difamación no había sido consentida y que el candidato interpuso un recurso de queja, el mismo que está pendiente.

►Pedido
La defensa de Urresti solicitó ayer al JEE un plazo para que la Corte Suprema emita una certificación de que su recurso de queja ha sido admitido.

►Precisión
El JEE puede excluir a un candidato hasta un día antes de las elecciones.