Zeballos dijo que solo el 15% de las solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamentaria han sido aprobados entre el 2007 y 2016. (Foto: Congreso)
Zeballos dijo que solo el 15% de las solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamentaria han sido aprobados entre el 2007 y 2016. (Foto: Congreso)

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, , afirmó hoy que el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre la no pretende eliminar esta prerrogativa, sino establecer una mejor regulación. Agregó que la actual normativa ha generado trabas en esta clase de procedimientos.

“El proyecto alcanzado por el Poder Ejecutivo no pretende eliminar la inmunidad, sino establece o regular de mejor manera sus contenidos y alcances”, manifestó.

Durante su presentación en la Comisión de Constitución del Parlamento, Vicente Zeballos explicó que el artículo 16 del reglamento del Congreso de la República no establece un plazo para resolver las solicitudes que envía el Poder Judicial para levantar la inmunidad de proceso y de arresto de los legisladores.

Destacó que el reglamento fije que la inmunidad no proteger al congresista respecto a procesos iniciados antes de asumir el cargo.
Sin embargo, señaló que esta cortapisa debe estas en la Constitución para que no quedé ninguna duda respecto a su aplicación.

El proyecto de ley del Poder Ejecutivo propone que la Corte Suprema, en un plazo improrrogable de 30 días hábiles, apruebe o rechace una solicitud de levantamiento de la inmunidad parlamentaria.

También indica que si un congresista es detenido por un delito flagrante, este debe ser puesto “inmediatamente” a disposición de la Corte Suprema, con conocimiento del fiscal de la Nación.

El gobierno establece que no es necesario el levantamiento de la inmunidad para su detención o continuar con un juicio de un parlamentario por procesos “iniciados antes de su elección”. En este escenario no se requiere un pronunciamiento de la Corte Suprema o el Congreso.

Vicente Zeballos dijo que solo el 15% de las solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamentaria han sido aprobados entre el 2007 y 2016.

El ministro de Justicia, además, refirió que cuatro países de América Latina, Colombia, Honduras, Panamá y Bolivia, no tienen en su legislación la figura de la inmunidad parlamentaria.

El Apra votará en contra
El congresista adelantó que la bancada del Partido Aprista votará en contra de la propuesta del Ejecutivo si esta se mantiene como está.

Consideró que la inmunidad parlamentaria es una garantía de la “independencia y soberanía” del Parlamento “frente al poder, especialmente del Ejecutivo”. Agregó que esta prerrogativa no puede estar en manos de otra institución del Estado.

No obstante, Velásquez Quesquén reconoció que sí es necesario establecer plazos para resolver los pedidos que realiza el Poder Judicial sobre el levantamiento de la inmunidad.

A su turno, el parlamentario aprista Mauricio Mulder precisó que las objeciones que su agrupación pone al proyecto del Ejecutivo “para cercenar la inmunidad” no benefician a los actuales congresistas, porque esta reforma, si es aprobada, entrará en vigencia para el Parlamento que sea elegido en el 2021.

Por su parte, la congresista Luz Salgado (Fuerza Popular) también cuestionó la iniciativa del Ejecutivo.

Salgado señaló que el Parlamento no puede proteger “a quienes han delinquido y viene [al Legislativo] a refugiarse. Agregó que la Comisión de Constitución debe analizar el proyecto de ley del portavoz de su bancada, Carlos Tubino, quien plantea que se cree un Consejo de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria (formado por cuatro expresidentes del Congreso de los últimos dos quinquenios, cuatro ex magistrados del Tribunal Constitucional y un ex presidente del Jurado Nacional de Elecciones).

La fórmula mixta de Iberico
El parlamentario (Alianza para el Progreso) propuso, a título personal, una fórmula mixta para aprobar el proyecto de ley del Ejecutivo respecto a la inmunidad.

Detalló que cuando un congresista tiene un procedimiento abierto antes de haber sido elegido, su inmunidad de arresto debe ser evaluada por la Corte Suprema del Poder Judicial.

Y, agregó, que si el proceso penal se le inicia al parlamentario en funciones, ahí si el Congreso debe evaluar si existe o no una “intencionalidad política” en la acusación.

Iberico refirió que el análisis del Parlamento, en este segundo escenario, tiene que realizarse dentro de un plazo.

El ex presidente del Congreso también rechazó las críticas que hizo más temprano el presidente Martín Vizcarra respecto a que solo uno de los seis proyectos de la reforma ha sido aprobado en el pleno cuando quedan menos de 10 días hábiles para que concluya la presente legislatura.

“Tengo que señalar que se ha avanzado bastante, estamos llegando a un momento de definiciones. [Vamos a] cumplir con nuestro propio compromiso al dar la confianza. Pero es paradójico que el presidente [nos critique] cuando un gobernador regional le da plazo al gobierno” para resolver el conflicto de Tía María, remarcó.