(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)
Redacción EC

El congresista no agrupado presentó hoy una resolución legislativa que busca restituir los artículos 22, 37 y 76 del Reglamento del Congreso que se encontraban vigentes el 1 de agosto del 2016.

Con la restitución de esas normas se busca hacer efectivo que los parlamentarios que renuncien a una organización partidaria  puedan constituir un nuevo grupo parlamentario o adherirse a otro ya existente. 

La iniciativa tiene el respaldo de congresistas de diversa bancadas como Víctor Albrecht de Fuerza Popular, Alberto Quintanilla de Nuevo Perú, Yonhy Lescano de Acción Popular y Gilbert Violeta de Peruanos por el Kambio, entre otros. 

En la exposición de motivos, Vieira dice que en octubre del 2016 se aprobó la modificación del Reglamento del Congreso mediante la resolución legislativa 007-2016-2017 que establece que los parlamentarios que se retiren, renuncien o sean expulsados del grupo parlamentario por el que fueron elegidos no puedan constituir un nuevo grupo o adherirse a otro.

En su proyecto, Vieira recuerda que como esa disposición fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional, el Congreso volvió a modificar el reglamento con una nueva resolución otorgando un mecanismo para "viabilizar el debido proceso". Así el legislador que haya sido expulsado podría apelar y si demostraba que había sido de manera irregular podría volver a su agrupación o irse a otro.

En la exposición de motivos se dice que en la práctica es muy difícil que las expulsiones sean resueltas de manera favorable para el expulsado y que al final se restringen la libertad de un parlamentario a contar con las herramientas que el Congreso brinda a los demás.

El documento agrega que si bien en una segunda sentencia del Tribunal Constitucional se señala que no está prohibida la renuncia de los congresistas a una agrupación por razones de conciencia, y que de ser así estos podrían conformar un nuevo grupo o integrarse a otro existente, en la práctica ese fallo  no ha solucionado los conflictos en cuanto a los derechos de los parlamentarios para ejercer sus funciones  dentro de un grupo parlamentario.

Por esos motivos se  propone regresar a las disposiciones que estaba previstas en el Reglamento del Congreso en agosto del 2016.​

El Art. 22 está referido a los derechos funcionales que tienen los parlamentarios como participar con voz y voto cuando sea miembros en la Comisión Permanente, en las comisiones, de la Junta de Portavoces , del Consejo Directivo y de la Mesa Directiva.

En el Art. 37 se dice que los grupos parlamentarios son conjuntos de congresistas que comparten ideas o intereses comunes y se constituyen como tales si cuentan con un número mínimo de cinco congresistas.

En el Art. 76 se indica que los congresistas podrán presentar un proyecto de ley a través del grupo parlamentario y que para ello se requiere del respaldo de la mayoría si el grupo está conformado por cinco personas o de seis legisladores como mínimo si el grupo está conformado por más de seis.