Karem Barboza Quiroz

El () decidió mantener la orden de captura dispuesta contra del prófugo , cuando fue sentenciado a tres años y seis meses de pena efectiva por el Caso ; y que posteriormente, el Tribunal Constitucional (TC) anuló.

A través de una reciente resolución, a la que accedió El Comercio, la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Junín - Sede Central rechazó el pedido del prófugo exgobernador regional de Junín para que se levante la orden de captura dictada en su contra el 6 de octubre del 2023.

El 27 de diciembre del 2024, Cerrón Rojas presentó un escrito ante la referida Sala Penal de Apelaciones requiriendo que se le extiendan los efectos de la resolución que días antes había emitido el TC.


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“De la lectura íntegra se desprende la solicitud de levantamiento de la requisitoria policial (orden de captura), solicitud que realiza en amparo a los efectos de la sentencia constitucional, con carácter extensivo.”


Pedido de Vladimir Cerrón


Como se recuerda, el 20 de diciembre del 2024 el TC emitió su resolución en la que declaró fundado el recurso de hábeas corpus del exfuncionario, ordenó que se anule la sentencia que se le impuso por el delito de colusión, y dispuso que se emita un nuevo pronunciamiento sobre el pedido del prófugo “en el extremo que declara infundada la excepción de prescripción (archivo) de la acción penal” del referido delito.



TC no se pronunció sobre la orden de captura

Al pedido de Cerrón Rojas, a través de una resolución del último 14 de enero, la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Junín - Sede Central de Junín explicó que lo que pretendía Cerrón Rojas era que la nulidad también se le extienda al extremo “que se dispuso su ejecución (de la sentencia efectiva) y mediante Oficio S/N de fecha 06 de octubre de 2023 se inscribió el mandato de detención del señor Vladimir Roy Cerrón Rojas”.


Sin embargo, el colegiado de Junín enfatizó que lo único que fue declarado nulo por el Tribunal Constitucional es el extremo que declara infundada la excepción de prescripción de la acción penal, mas no otros considerandos de la sentencia impuesta en octubre del 2023.

Además, recordó que la sentencia impuesta fue recurrida por Cerrón Rojas y su defensa a través de un recurso de casación ante la Corte Suprema y que actualmente se encuentra vigente y a esperas de ser resuelto.

Contraloría intervendría iniciativa de Cerrón de aeródromo wanka
Contraloría intervendría iniciativa de Cerrón de aeródromo wanka


Por tanto, indicó, de la revisión del Sistema Integrado Judicial, se visualiza que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema asumió la competencia del caso desde el 03 de noviembre de 2023, a consecuencia de la elevación realizada por dicha Sala Superior por haberse concedido recurso de casación de las partes procesales.

En esa línea, señaló que los extremos que no fueron materia de pronunciamiento por parte del TC, se encuentran bajo la competencia de la referida sala suprema y que serán resueltos en el marco de su recurso de casación.


“Por tanto, considerando la solicitud de Levantamiento de Requisitorias y lo resuelto por el Tribunal Constitucional, debe enfatizarse que la competencia de la Sala Suprema aun encuentra vigencia solo en los extremos que no fueron materia de nulidad por parte del Tribunal Constitucional; consecuentemente, advirtiéndose que la solicitud del recurrente versa sobre extremos que no fueron materia de nulidad, corresponde a la sala suprema como órgano jurisdiccional competente resolverlo.”


Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Junín


Por ello, resolvieron declarar “sin lugar” lo requerido por Cerrón Rojas para que se levante la orden de captura y detención dictada en su contra por el Caso Aeródromo Wanka.

En la misma resolución, la Sala de Junín dispuso, de oficio, solicitar copias certificadas de las piezas pertinentes del expediente del Caso Aeródromo Wanka y de sus acompañados en la que se emitió sentencia efectiva contra Cerrón Rojas.

Ello, con la finalidad de dar cumplimiento al fallo del Tribunal Constitucional, a favor del prófugo exgobernador regional de Junín, en el extremo que se declaró nula la sentencia efectiva de tres años y seis meses y se dispuso un nuevo pronunciamiento.

“Cumplido ello, créese el incidente correspondiente a efectos de dar pleno cumplimiento al mandato establecido en la Sentencia N° 326/2024, esto es, sobre la Excepción de Prescripción de la Acción Penal, debiéndose oficiar con tal fin”, indicaron.


Corte Suprema programa audiencia del Caso Aeródromo Wanka para marzo

Precisamente, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dispuso programar la audiencia pública para analizar el recurso de casación interpuesto por Vladimir Cerrón, por su sentencia en el Caso Aeródromo Wanka, para el próximo 5 de marzo del 2025.

Una de las últimas acciones realizadas por dicha sala suprema fue requerir a la Sala de Apelaciones de Junín que le informe sobre las decisiones adoptadas tras el fallo del Tribunal Constitucional que resolvió declarar fundada la demanda de hábeas corpus y nula la sentencia de vista de fecha 06 de octubre de 2023, en el extremo resolutivo que declaró infundada la excepción de la acción penal, debiendo emitirse una nueva resolución.

Ello, a efectos de proseguir con el trámite del recurso de casación que gira ante dicho tribunal judicial.



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