Con las Elecciones Generales 2026 cada vez más cerca, más de 27 millones de peruanos se alistan para acudir a las urnas en una jornada que definirá de manera simultánea al presidente, sus vicepresidentes, los representantes ante el Parlamento Andino, así como senadores y diputados. En el caso de la presidencia, si ningún candidato logra más del 50 % de los votos válidos, se convocará a una segunda vuelta entre los dos aspirantes con mayor apoyo, programada para el mes de junio. Ante este escenario, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha hecho un llamado a la población para ejercer su voto de manera responsable: consultando información verificada, dialogando con familiares y amigos, y utilizando los canales oficiales disponibles. Dentro de las dudas más recurrentes entre los electores se encuentra el horario máximo para sufragar. A continuación, te detallamos todo lo que debes conocer sobre este aspecto clave del proceso electoral.
La ONPE informó que la votación del domingo 12 de abril se llevará a cabo desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. Durante este periodo, los ciudadanos deberán acudir a los locales de votación asignados para participar en el proceso electoral.
La entidad explicó que este horario busca facilitar la organización del flujo de personas y evitar aglomeraciones en los centros de sufragio, garantizando un desarrollo ordenado de la jornada.
El domingo 12 de abril marcará un momento relevante en la historia del Perú, ya que se elegirán nuevas autoridades, incluyendo al presidente de la república, quien asumirá el cargo por los próximos cinco años.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que los ciudadanos pueden verificar si han sido designados como miembros de mesa ingresando a sus plataformas oficiales (LINK).
En caso de que un titular o suplente no cumpla con esta función el día de la elección, se aplicará una multa de S/ 275. No obstante, existe la posibilidad de justificar la inasistencia mediante excusas o procedimientos formales presentados ante la ONPE o el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Así, en cuanto a la ciudadanía que no se acerque a su local de votación para emitir su voto, también serán acreedores de una sanción económica que dependerá de la clasificación del distrito del elector, según la Ley 28859. Es decir, si una persona vive en una zona considerada como pobreza extrema, la multa asciende a S/ 27.50, mientras que los que residen en comunas consideradas pobre, la multa es de S/ 55. En el caso de habitar en un distrito considerado no pobre, la multa llega a S/ 110. Por último, para conocer si una persona cuenta con una multa electoral, el JNE puso a disposición una página web (ENLACE) que permite conocer con solo DNI si fuiste sancionado.
Luego de desarrollarse el sorteo para los miembros de mesa, en la que se eligieron a 834 660 ciudadanos, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó que existe una serie de sanciones para los que incumplan con esta importante labor. No obstante, hay casos en los que se puede presentar una serie de excusas formales para quedar exento de esta labor, como un impedimento físico o mental notorio o grave; la necesidad de ausentarse del territorio nacional; estar en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los 2 años de edad cumplidos a la fecha de la elección.
Eso no es todo, también otro de las causales están tener más de 65 años; o encontrarse comprendido en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 57 de la Ley n.° 26859, referidas a los impedimentos para ser miembro de mesa. En caso de cumplir con estos factores, se tendrá que presentar una excusa ante la ONPE dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación definitiva del listado. Por su parte, para los ciudadanos que residan en otros países y que, por algún motivo no puedan ejercer esta labor cívica y no puedan votar, se puede gestionar una dispensa de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones por medio de la Oficina Consular.