El Gobierno anunció pequeños cambios en las medidas para combatir el COVID-19. (Foto: Municipalidad de Lima)
El Gobierno anunció pequeños cambios en las medidas para combatir el COVID-19. (Foto: Municipalidad de Lima)
Redacción EC

El último miércoles 5 de mayo hubo sesión de , motivo por el que se convocó a una rueda de prensa para anunciar los acuerdos a los que se llegó en dicha reunión.

Como se sabe, cada cierto tiempo el Poder Ejecutivo se une para evaluar todos los indicadores relacionados al de tal forma que se tomen las medidas necesarias para el bienestar de la población.

MIRA | Día de la Madre: ¿qué actividades económicas estarán permitidas este domingo 9 de mayo y en qué horarios?

En esta ocasión, los ministros anunciaron que ha bajado la cantidad de provincias que se encuentran en riesgo extremo. De 41 que habían en la última evaluación, ahora tenemos un total de 33.

Dos de las provincias que han reducido su nivel de alerta son Lima Metropolitana y Callao, indicó el ministro de Educación, Ricardo Cuenca. Ahora pasarán a estar en el nivel “muy alto”. Esta decisión regirá del lunes 10 hasta el 30 de mayo.

¿Qué medidas deben cumplir las regiones de nivel alerta muy alto?

  • Restricción de vehículos particulares: domingos todo el día.
  • Toque de queda: de lunes a domingo de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
  • Establecimientos comerciales deben cerrar dos (02) horas antes del inicio del toque de queda.
  • Transporte interprovincial terrestre: se permite con un aforo del 50% al 100%, según las disposiciones para viajes interprovinciales terrestres durante la emergencia nacional.
CONSULTA: Retiro AFP: ¿cómo y hasta cuándo podrá solicitarse el retiro de hasta S/ 17.600 si procede la ley?

Aforos permitidos en espacios cerrados:

  • Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 30%.
  • Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 30%.
  • Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%.
  • Restaurantes y afines en zonas internas con ventilación: 40%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
  • Templos y lugares de culto: 30%.
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 40%.
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 40%.
  • Bancos y otras entidades financieras: 50%.

Aforos permitidos en espacios abiertos:

Sin restricción de aforos, respetando los protocolos, y previa autorización del gobierno local.

  • Artes escénicas.
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.

No está permitido:

  • Uso de playas.
  • Reuniones en espacios abiertos y cerrados.
  • Eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.

TE PUEDE INTERESAR

VIDEO RECOMENDADO

Retiro de CTS: ¿Qué pasos debo seguir para acceder a este fondo y desde cuándo podré disponerlo?
Este 4 de mayo el Ejecutivo publicó el reglamento operativo de la norma que autoriza el retiro de hasta el 100% de los fondos acumulados en la cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Esto con la finalidad de paliar la crisis económica causada por la pandemia de coronavirus. A continuación, conoce desde cuándo podrás retirarlo.

Contenido sugerido

Contenido GEC