Quienes trabajen el 29 de junio recibirán triple pago. (Foto de archivo: Hugo Curotto / GEC)
Quienes trabajen el 29 de junio recibirán triple pago. (Foto de archivo: Hugo Curotto / GEC)
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Redacción EC

Este miércoles 29 de junio se celebra el , una fecha importante dentro del calendario litúrgico de la iglesia católica. Además es el . Por ello, es un nacional para los trabajadores públicos y privados. Quienes trabajen en esta fecha, recibirán una remuneración especial, aquí te explicamos los detalles.

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¿Por qué se celebra el 29 de junio?

Es una de las mayores festividades religiosas para los católicos. Tiene lugar el 29 de junio, y celebra la solemnidad conjunta de San Pedro y San Pablo en conmemoración al martirio en Roma de los apóstoles Simón Pedro y Pablo de Tarso. Ambos son considerados los apóstoles mártires más recordados de la historia cristiana.

Como se sabe, San Pedro —el discípulo de Jesús de Nazaret y primer Papa católico— fue pescador. Esta actividad económica marcó su vida, al punto que el propio Jesús le encarga ser “pescador de hombres” y después la “roca” de la Iglesia. Por ello, este santo se el considera el patrono de los pescadores. Mientras que San Pablo, en sus inicios fue perseguidor de cristianos cuando era conocido como Saulo de Tarso. Hasta que se convirtió al cristianismo y cambió de nombre. Este santo es reconocido como pastor de los gentiles.

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¿Por qué se celebra el Día del Pescador el 29 de junio?

El 29 de junio es una fecha para recordar la ardua labor, compromiso y valentía de todos los hombres y mujeres que se dedican a la actividad pesquera en Perú. Este día se rinde culto a San Pedro, patrono de los pescadores en el país, en donde muchos fieles piden bendición y protección por sus salidas al mar.

¿Si trabajo el 29 de junio recibiré triple pago?

Como se trata de un feriado a nivel nacional, en el cual trabajadores privados y públicos descansan por igual, si se labora el 29 de junio —sin descanso sustitutorio— se deberá abonar al trabajador: 1 remuneración diaria por la labor efectuada, 1 remuneración diaria por el descanso en día feriado no utilizado y 1 remuneración a modo de sobretasa (100% sobre la remuneración diaria), según ley.

Por lo que quienes trabajen durante el feriado del Día del Pescador, recibirán triple pago respecto a las horas trabajadas en ese día.

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Otros feriados de 2022

Este año, mediante el Decreto Supremo N° 033-2022-PCM, publicado el 1 de abril de 2022, se declararon días no laborables para el sector público los siguientes:

  • 2 de mayo
  • 24 de junio
  • 29 de agosto
  • 7 y 31 de octubre
  • 26 y 30 de diciembre de 2022

Como se sabe, las horas que se dejen de trabajar durante estos feriados, serán compensadas dentro de los 10 días siguientes o en la fecha que disponga el centro de labores.

En cuanto al sector privado, puede acogerse a estos días no laborables. Para ello el empleador y los trabajadores deberán acordarlo, donde estos últimos podrán gozar de los días no laborables antes mencionados. Posteriormente, los trabajadores deberán compensar las horas dejadas de laborar. La forma y fechas serán decididas mediante un acuerdo, en caso no se llegara a uno la facultad recae en el empleador.

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