Los ciudadanos en Perú, así como tienen derecho a la vida e integridad física, por ejemplo, también deben cumplir con ciertas obligaciones tributarias como persona natural. En este caso puntual, el pago de impuesto predial tiene que realizarse a nivel nacional, y gravarse según corresponda, pero si eres adulto mayor puedes acogerte a la exoneración o rebaja de dicha tasa correspondiente al valor de los predios urbanos y rústicos basados en autovalúo. Conoce a continuación cómo procede este beneficio de acuerdo a información compartida por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), qué condiciones figuran establecidas para tal efecto, y hasta cuándo se paga.
¿QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR UN ADULTO MAYOR PARA NO PAGAR IMPUESTO PREDIAL SEGÚN EL SAT?
El lugar donde vivimos representa aquel espacio donde realizamos diversas actividades, tareas del hogar, y hasta podemos llevar a cabo trabajo remoto, pero también por el cual debemos como propietarios, cumplir con obligaciones tributarias determinadas por autoridades, es decir, pagar un monto específico anual al contado o fraccionado que sin embargo puede estar sujeto a exoneración dirigida para adultos mayores.
Las personas que hayan superado los 60 años en Perú, hoy tienen la oportunidad de acogerse al beneficio que establece también rebaja de tributo, tal y como lo informa el SAT encargado de la “recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima”.
Si quizá no cuentas con los medios suficientes para hacerte cargo de dicho pago, y eres adulto mayor en Perú, accede a la exoneración como tal o descuento considerando estos requisitos:
- Ser propietario de un solo inmueble.
- El inmueble debe estar a nombre propio o de la sociedad conyugal.
- Los ingresos brutos no deben exceder una UIT mensual (S/5,150)
De acuerdo a información compartida por Álvaro Gálvez de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) a la Agencia Andina, los adultos mayores beneficiarios también tienen “derecho a deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT (S/257,500)”, debiendo por ello solo pagar el excedente a ese monto de impuesto predial.
Asimismo, y según informa el SAT, la persona debe realizar la sustentación física en base a los requisitos solicitados para exoneración o rebaja de dicho tributo, dirigiéndose a la oficina de la Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital donde se ubica el inmueble, junto a formato de solicitud firmado por el solicitante o representante legal.
QUÉ ES IMPUESTO PREDIAL Y CÓMO SE PAGA A NIVEL NACIONAL
- “Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio”
- “Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo”
- “El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años”
- Plazos para declarar predio: “el nuevo propietario podrá declararlo hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente a la adquisición del bien”
Fuente: SAT
SUNAT: ESTE ES EL MONTO MÁXIMO QUE PUEDES RECIBIR COMO DEVOLUCIÓN DE TU IMPUESTO A LA RENTA EN PERÚ
El pago de la remuneración en Perú a cargo del empleador según el tipo de oficio o profesión llevada a cabo, genera la retención de cuarta y quinta categoría según ley, y por ende cada 12 meses, el trabajador puede llegar a recibir como devolución del IR un saldo a favor máximo que actualmente asciende a un límite de hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
De acuerdo a información compartida oficialmente por la SUNAT, todo reintegro destinado a la persona natural que emita Recibo por Honorarios Electrónico (RHE) o preste servicios en forma subordinada, dependerá de la determinación anual por parte del propio organismo técnico adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que anualmente toma en consideración los gastos realizados en diversos establecimientos durante el mismo periodo.
Ante lo expuesto, la SUNAT establece que el monto máximo a recibir por cada trabajador con saldo a favor tiene como límite al importe de 3 UIT para 2024, es decir, S/15,450 ya que el valor en soles establecido por el Estado para resolver aspectos tributarios asciende a un total de 5,150.
Cabe resaltar, que solo puedes beneficiarte con la reducción del IR señalado a través de una solicitud, si eres persona que trabaja de manera independiente (cuarta categoría) o dependes de un empleador (quinta categoría) al momento de efectuar funciones propias de tu profesión u oficio.
¿CÓMO LA SUNAT HACE EFECTIVA LA DEVOLUCIÓN DE MI SALDO A FAVOR POR LOS IMPUESTOS DE QUINTA CATEGORÍA GENERADOS AL AÑO?
El saldo a favor obtenido tras el cálculo llevado a cabo, representa el monto que pasarás a cobrar en 2024 como contribuyente por los impuestos generados a partir de la renta de quinta categoría.
La SUNAT reembolsa el dinero de cada trabajador por dicho concepto tributario, luego de que la parte interesada presente la declaración jurada anual y la solicitud correspondiente, sin embargo, si el beneficiario no está obligado a realizar el trámite, pasará a otorgarse el dinero mediante la denominada devolución de oficio.
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