El pasado 22 de octubre, el presidente de la República, José Jerí, anunció un nuevo y cuestionado estado de emergencia en Lima y Callao. Esta medida provoca que determinados derechos constitucionales de los ciudadanos queden restringidos o suspendidos por un periodo determinado, como la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y la libertad de tránsito en el territorio. A pesar de lo dispuesto por el Gobierno, las muertes y extorsiones no se han detenido, por lo que el ministro del Interior, Vicente Tiburcio dejó entrever que se aplicaría un toque de queda en la capital con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.
Tras el inicio del estado de emergencia el 22 de octubre por un periodo de 30 días en Lima y Callao, las muertes, extorsiones y criminalidad no han cesado. A pesar de que el comandante general de la PNP, Óscar Arriola, sostuvo que la medida sí está funcionando y que ha llevado a la policía a tener buenos resultados, de igual modo el ministro del Interior, Vicente Tiburcio, informó que desde el Ejecutivo no se descarta la implementación de un toque de queda en la capital.
Según el funcionario público, el Consejo se mantiene en sesión permanente, por lo que aún “está en evaluación”. “(¿Habrá toque de queda?) No, eso está en evaluación del Consejo (de Ministros) Eso lo veremos. Estamos en sesión permanente. Seguimos evaluando todo este proceso del estado de emergencia”, dijo Tiburcio a los medios, tras participar en un evento en la plaza de la Bandera por homenaje en el Día del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional.
Este miércoles 22 de octubre se dio inicio a un nuevo estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días que, según el presidente de la República, José Jerí, promete ser diferente a los anteriores. No obstante, hasta el momento se han registrado 5 muertos en diversos puntos de la capital y un colegio extorsionado. Por otro lado, a pesar de las restricciones vinculadas a la seguridad ciudadana, esta medida conlleva la limitación temporal de derechos constitucionales, como la libertad de tránsito, en la que la policía puede intervenir a una persona y solicitarle su DNI, y la inviolabilidad de domicilio, aunque contempla excepciones específicas para determinados casos.
De esta manera, no se contempla en el Decreto Supremo n.° 124-2025-PCM la suspensión de eventos o reuniones como fiestas de cumpleaños, bodas o bautizos en el ámbito privado. Asimismo se ha determinado la creación del Comité de Coordinación Operativa Regional (CCOR) y el Comité de Fiscalización (CF), a fin de monitorizar la implementación y cumplimiento de dichas medidas. Esto con el objetivo de reducir la actividad delictiva y debilitar el poder de las mafias que extorsionan a artistas, empresarios, directores de colegios y propietarios de negocios en general, quienes son victimas diariamente de estos criminales.
José Jerí recorrió el Callao en estado de emergencia