Llega medio año en Perú, y con ello el concepto pagado y dirigido a los sectores laborales que dinamizan la economía del país. A propósito de las Fiestas Patrias celebradas a nivel nacional, te contamos que el aguinaldo se paga también en 2025, y pasa a beneficiar a grupo de trabajadores puntual por primera vez, tal y como lo determina la vigente normativa presupuestal.
Diversos beneficios tanto sociales como económicos son los que perciben anualmente los trabajadores peruanos, siendo aquellos 300 soles de gratificación enmarcados en el artículo 7 de la Ley N° 32185, los mismos que con motivo de efemérides patriótica son abonados a mediados de julio como parte de los ingresos extras recibidos por millones de personas cada 6 meses.
Según lo establecido en dicha normativa que determina presupuestos destinados a entidades del sector público hacia el 2025, el monto a pagar continúa siendo el mismo destinado a la mayoría de funcionarios y servidores públicos nombrados y contratados, mientras los internos de Medicina Humana y Odontología solo cobran 100 sin encontrarse “sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna”.
Con respecto al listado de trabajadores que se ven favorecidos anualmente mediante la percepción de aguinaldo por laborar para la administración pública peruana, a continuación te detallamos bajo qué régimen laboral debes estar afiliado o inscrito para recibirlo al 100%:
- Decreto Legislativo Nº 276
- Ley Nº 29944
- Ley Nº 30512
- Docentes universitarios (Ley Nº 30220)
- Personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153

- Obreros permanentes y eventuales del Sector Público
- Personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú
- Pensionistas a cargo del Estado (Ley Nº 15117 / Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530 / Decreto Supremo Nº 051-88-PCM / Ley Nº 28091)
- Trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 (CAS)
Cabe resaltar con respecto a este punto en particular determinado en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que "las entidades públicas que cuenten con personal del régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido en la Ley Nº 27735″, es decir, que sus trabajadores pasan a cobrar el monto correspondiente al concepto de gratificación, más no el aguinaldo ascendente a los S/300.
ESTOS REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA COBRAR AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS
- Haber estado laborando al 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de 3 meses al 30 de junio del presente año.
- Si no contara con el referido tiempo laborando, el aguinaldo se abona en forma proporcional a los meses y días trabajados.
- Fecha de pago
El pago de aguinaldo válido por Fiestas Patrias, siempre se abona e incluye en la planilla de remuneraciones del mes de julio, es decir, que en esta oportunidad puedes percibir los 300 soles hasta el martes 15 del presente año.