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Retiro ONP
Redacción EC

Una nueva iniciativa legal sobre el sistema de pensiones ha sido aprobada por el Congreso de la República. A pesar de las observaciones formuladas por el Ejecutivo, el pleno parlamentario en la madrugada del martes 25 de agosto el dictamen que permite el retiro de los aportes a la (ONP) hasta por S/4.300, a los afiliados activos e inactivos amparados por el Decreto Ley 19990.

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El proyecto fue aprobado con 106 votos a favor, tres en contra y 15 abstenciones, y tomó como base los dictámenes desarrollados y aprobados anteriormente por las comisiones de Economía, Presupuesto, Defensa del Consumidor y Trabajo. El texto sustitutorio fue exonerado de una segunda votación.

¿Quiénes podrán retirar sus aportes a la ONP?

La norma aprobada por el Congreso establece que, de manera excepcional y por única vez, los aportantes activos e inactivos del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) podrán acceder a la devolución de sus aportes a la ONP hasta por una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor actual es de S/4.300.

El texto agrega, además, que la devolución de los aportes mantiene su calidad de intangible, por lo que no puede ser objeto de descuento, embargo, retención o cualquier forma de afectación, salvo que se trate de deudas alimentarias, no pudiendo exceder del 30% del monto retirado.

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¿Cómo se concretará la devolución de los aportes?

El dispositivo señala que la devolución de los aportes a la ONP se efectuará de la siguiente manera:

  • El 50% dentro de un plazo máximo de 30 días calendario tras la conformidad de la solicitud otorgada por la ONP.
  • El 50% restante dentro de un plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer pago realizado.

¿Quiénes pueden acceder a la devolución total de sus aportes?

Una disposición complementaria final contenida en el proyecto establece que los aportantes al SNP, que a los 65 años o más no han cumplido los requisitos para obtener una pensión, tienen derecho a la devolución del total de sus aportes.

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¿Los pensionistas recibirán una retribución especial?

Según el proyecto aprobado por el pleno congresal, la ONP otorgará – por única vez – a los pensionistas del Decreto Legislativo 19990 una retribución extraordinaria equivalente al valor de una Remuneración Mínima Vital, es decir, S/930.

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