El inicio del 2026 no solo trae consigo los gastos de las celebraciones de fin de año, sino también los del año escolar, lo que representa pagos significativos para miles de familias peruanas. Frente a esta situación, el Gobierno dio a conocer una buena noticia para muchos trabajadores del sector público: la llegada del Bono de Escolaridad. El estipendio, que será otorgado por única vez en la planilla de pagos de enero, podrá ser cobrado en el Banco de la Nación, conforme indica el cronograma. Este beneficio tiene como propósito brindar apoyo económico a muchos trabajadores estatales, de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2026. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.
El inicio del 2026 no solo trae consigo los gastos de las celebraciones de fin de año, sino también los del año escolar, lo que representa pagos significativos para miles de familias peruanas. Frente a esta situación, el Gobierno dio a conocer una buena noticia para muchos trabajadores del sector público: la llegada del Bono de Escolaridad. El estipendio, que será otorgado por única vez en la planilla de pagos de enero, podrá ser cobrado en el Banco de la Nación, conforme indica el cronograma. Este beneficio tiene como propósito brindar apoyo económico a muchos trabajadores estatales, de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2026. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.
A partir de la tercera semana de enero de 2026, miles de trabajadores públicos comenzarán a recibir su remuneración, conforme el cronograma oficial establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Sin embargo, también verán reflejado en su planilla de pagos el Bono de Escolaridad por S/ 400, excepto para los docentes contratados y auxiliares de educación contratados bajo la Ley n° 29944, Ley de Reforma Magisterial, que recién se pagará en junio. A continuación, estas son las fechas que se desembolsará el sueldo y otros beneficios, a través del Banco de la Nación, durante el primer mes del año:
- Miércoles 21 de enero: Educación (incluye universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Gobiernos Regionales, Contraloría, Congreso, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Ministerio de Energía y Minas.
- Jueves 22 de enero: Ministerio del Interior, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y Defensoría del Pueblo.
- Viernes 23 de enero: Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Cultura, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Trabajo y Reniec.
- Lunes 26 de enero: Ministerio de la Producción, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ONPE, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y Tribunal Constitucional.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, el Bono por Escolaridad se concede a los siguientes funcionarios y servidores públicos peruanos:
- Funcionarios y servidores públicos nombrados o contratados bajo el Decreto Legislativo n.° 276, la Ley n.° 29944 (Reforma Magisterial) y la Ley n.° 30512
- Docentes universitarios comprendidos en la Ley Universitaria n.° 30220
- Personal de salud regulado por el Decreto Legislativo n.° 1153
- Obreros permanentes y eventuales del sector público
- Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
- Pensionistas del Estado bajo los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530, 28091 y el DL 1133
- Trabajadores del sector público bajo régimen privado, siempre que no perciban un monto distinto por norma específica.