En Vivo USTranscurre un nuevo periodo de importantes jornadas en 2026, y los pagos de pensiones a nivel estatal continúan llevándose a cabo, siendo la Oficina de Normalización Previsional (ONP), aquella entidad de gobierno peruano que anuncia elevar el tope máximo de dicho beneficio. Al respecto, y con el Año Nuevo comenzado, te contamos que el aumento dirigido a más de 200 mil adultos mayores, no se hará efectivo desde el mes de enero, y más bien a partir de reajuste puntual, durante este periodo de fechas.
EL PAGO DE PENSIONES NO VENDRÁ CON AUMENTO EN ENERO 2026, PERO SI A PARTIR DE ESTA FECHA, SEGÚN LA ONP
Nuevo beneficio dirigido a más de 200 mil pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de jubilación e invalidez, empezará a hacerse efectivo desde este Año Nuevo 2026, siendo el Decreto Supremo N° 330 la normativa a partir de la cual termina aprobándose el tope máximo de pagos realizados mensualmente.
De acuerdo a la información brindada por parte de la ONP, el reajuste determinado y ascendente a los 100 soles, figura destinado a quienes certifiquen contar con un “mínimo de 20 años de aportes”, y hayan tenido el derecho a cobro definitivo hacia el 31 de diciembre de 2025, pero no llegará a concretarse desde enero.
La planilla del primer mes del 2026 ya figura procesada, y en ese sentido el reajuste correspondiente a dicho periodo de fechas, terminará abonándose junto con la pensión de febrero, según lo dispone el Cronograma Anual aprobado mediante Resolución Viceministerial.
LOS JUBILADOS DE LA ONP QUE COBRAN PENSIONES DESDE EL LUNES 12 DE ENERO 2026
El gobierno peruano aprobó a fines de diciembre de 2025, el Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las remuneraciones y pensiones en la Administración Pública, disponiendo así aplicar durante jornadas puntuales el abono de las prestaciones económicas asociadas a la ONP, y también dirigidas a servidores públicos laborando para el Estado.
Con respecto al presente mes de enero 2026, la información estatal brindada refiere que cada uno de los 771 mil 475 jubilados beneficiarios a nivel nacional, y considerados para esta oportunidad, podrá verse favorecido con el otorgamiento de nuevo monto, siendo el lunes 12 la fecha de inicio de retribuciones teniendo en cuenta tal y como ocurre desde hace varios años, a la primera letra del apellido paterno consignado en Documento Nacional de Identidad (DNI) según el siguiente orden:
- A a C, LUNES 12 DE ENERO
- D a L, MARTES 13 DE ENERO
- M a Q, MIÉRCOLES 14 DE ENERO
- R a Z, JUEVES 15 DE ENERO
- Pago a domicilio: Del 16 al 25 de enero
Con respecto al pago dirigido a otros regímenes, según figura precisado mediante el Cronograma Anual Mensualizado que figura establecido en Resolución Viceministerial Nº 005, dicho calendario de fechas determina también que los beneficiarios mediante “Convenios Internacionales / Ley 27803″, y asimismo “Decreto Ley 18846 / Decreto Ley 20530 y pensiones por encargo / Ley 30003 - Pensionistas Pesqueros / Ley 26790 - Pensionistas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)”, terminen cobrando desde el viernes 16 como el pago a domicilio.

Resulta importante destacar a propósitos de esos depósitos, que si bien el abono en cuenta bancaria de cada jubilado se lleva a cabo desde las fechas mencionadas, recuerda que el dinero de la pensión siempre permanece disponible para retiro mediante los cajeros automáticos o agentes bancarios más cercanos a tu domicilio, y en el momento que lo consideres oportuno.












