Cuando un afiliado al Sistema Nacional de Pensiones del Perú fallece, suele surgir la duda sobre qué ocurre con la pensión que percibía o con los aportes que realizó durante su vida laboral. Frente a estas situaciones, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha explicado, a través de sus plataformas informativas, cuáles son los parientes que pueden acceder a este beneficio y qué tipos de pensión se otorgan tras la muerte del titular. De acuerdo con la entidad previsional, las personas con derecho a recibir el beneficio dependen del vínculo familiar que mantuvieron con el asegurado o jubilado. Entre los posibles beneficiarios pueden figurar determinados parientes directos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente. A continuación, revisamos de qué manera se tramita el acceso a la pensión correspondiente cuando un jubilado afiliado a la ONP deja de existir y cuáles son las modalidades contempladas para que sus familiares puedan solicitar este derecho.
Cuando un afiliado al Sistema Nacional de Pensiones del Perú fallece, suele surgir la duda sobre qué ocurre con la pensión que percibía o con los aportes que realizó durante su vida laboral. Frente a estas situaciones, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha explicado, a través de sus plataformas informativas, cuáles son los parientes que pueden acceder a este beneficio y qué tipos de pensión se otorgan tras la muerte del titular. De acuerdo con la entidad previsional, las personas con derecho a recibir el beneficio dependen del vínculo familiar que mantuvieron con el asegurado o jubilado. Entre los posibles beneficiarios pueden figurar determinados parientes directos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente. A continuación, revisamos de qué manera se tramita el acceso a la pensión correspondiente cuando un jubilado afiliado a la ONP deja de existir y cuáles son las modalidades contempladas para que sus familiares puedan solicitar este derecho.
La ONP establece que, al fallecer un afiliado o pensionista, los familiares directos tienen derecho a recibir una pensión. Los beneficiarios son:
-El cónyuge (esposa o esposo) o la pareja conviviente, quienes acceden a una pensión de viudez.
-Los hijos, que reciben una pensión de orfandad.
-Los padres, que pueden solicitar una pensión de ascendencia.
En aquellos casos en que no sea posible entregar una pensión a los familiares, la ONP permite solicitar el capital de defunción, que constituye una devolución económica vinculada al fallecimiento del afiliado. Este trámite puede realizarse desde cualquier lugar del país mediante una videollamada, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina.
La ONP ha precisado que es falso que los aportes de un afiliado se pierdan si este fallece antes de cumplir la edad de jubilación. El dinero acumulado se destina al beneficio de los familiares a través de pensiones o, en su defecto, mediante el capital de defunción, según explica el diario La República.
La ONP ha establecido una variedad de opciones para el cobro, incluyendo la posibilidad de acudir a las agencias bancarias del Banco de la Nación, o esperar el abono en su cuenta de ahorros. También podrán cobrar en las agencias del BBVA, Scotiabank, Banco GNB, BanBif e Interbank.
Esta diversidad de métodos de pago refleja el compromiso de la ONP por garantizar la comodidad y accesibilidad para todos los afiliados, asegurando que el proceso sea lo más conveniente y eficiente posible.
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