Redacción EC

El oficializó este viernes la norma que habilita a los trabajadores a retirar hasta el 100 % de sus fondos de. En este contexto, los peruanos que se beneficiarán con esta medida se preguntan hasta cuándo podrán disponer de este dinero, por lo que aquí te lo contamos.

Este viernes, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la ley que modifica el Decreto Legislativo 650, conocido como la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). El documento fue firmado por la presidenta Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

Se promulgó la ley de retiro del 100% de CTS: hasta cuando podrás disponer del dinero

“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, señala la norma.

Además, cabe destacar que la norma promulgada modificó el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, por lo tanto “el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos“.

Asimismo, se hace hincapié en que “el trabajador en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar, en cualquier momento, el retiro del 100 % de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita dicho retiro total”.

En qué fecha se deposita la CTS y qué falta para poder retirarla

Este año, los empleadores disponen hasta el 15 de mayo para ejecutar el primer depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), mientras que el segundo tiene el 15 de noviembre como fecha límite.

Tras la promulgación de la nueva ley, aquellos que deseen retirar el 100 % de sus fondos tendrán 30 días calendario como tiempo de espera. Este plazo corresponde a los días que el Ejecutivo dispone para actualizar el reglamento. Entonces, por todo lo antes mencionado, los retiros estarían disponibles a partir de junio.

Así se realiza el cálculo de la CTS

El cálculo de la CTS se realiza de la siguiente forma para quienes han trabajado durante todo un periodo completo: CTS = 50% del Sueldo Mensual (sin descuentos) + 1/6 de la Gratificación recibida en el periodo + 1/6 del total de horas extra + Asignación familiar (si aplica).