MercadosA diario, miles son los peruanos domiciliados en el país que realizan actividades calificadas como económicas, y ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), deben terminar declarándolas para efectuar respectivos pagos de impuestos. En ese sentido, hoy llama la atención la noticia entorno a inicio de procedimiento a partir del cual dicha entidad de Gobierno, amplía base tributaria llevando a cabo inscripción de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de personas naturales que no han tramitado registro previo.
A diario, miles son los peruanos domiciliados en el país que realizan actividades calificadas como económicas, y ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), deben terminar declarándolas para efectuar respectivos pagos de impuestos. En ese sentido, hoy llama la atención la noticia entorno a inicio de procedimiento a partir del cual dicha entidad de Gobierno, amplía base tributaria llevando a cabo inscripción de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de personas naturales que no han tramitado registro previo.
LA SUNAT INICIA INSCRIPCIÓN DE OFICIO EN RUC DE PERSONAS NATURALES TRAS AMPLIAR BASE TRIBUTARIA
Ad portas de culminar el 2025, y en el marco de lo determinado mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000130, la SUNAT sorprende anunciando el inicio de procedimiento de inscripción de oficio en el RUC de aquellas personas naturales que aún no han tramitado su registro efectivo, y están obligadas a cumplir con el pago de impuestos específicos.
De acuerdo a la información compartida oficialmente, dicha normativa hoy forma parte de las acciones orientadas a ampliar tanto la base tributaria como promover el cumplimiento de obligaciones puntuales que representan alguno de los siguientes supuestos:
- Ser propietarios de 5 o más predios cuyo valor conjunto supere las 126 UIT (674 mil 100 soles).
- Poseer acciones o participaciones en sociedades peruanas o extranjeras, y cuyo valor total exceda las 100 UIT (535 mil soles).
- Haber realizado adquisiciones de bienes sujetas al régimen de percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) que superen el límite de 10 UIT (53 mil 500 soles).
- Haber percibido intereses por depósitos en cuentas del sistema financiero, y cuyos saldos acumulados superen las 300 UIT (1 millón 605 mil soles).
Cabe resaltar, que asimismo la inscripción de oficio iniciada el 31 de octubre, y realizada por parte de la SUNAT para cerca de 9 mil personas naturales, se ejecuta si, por ejemplo, durante el año 2024 tuviste operaciones comerciales con entidades financieras o de seguros, así como obtuviste créditos corporativos mayores a 10 UIT, o terminaste contratando el SOAT para vehículos de transporte de carga pesada.
LINK QUE HABILITA SUNAT PARA DESCUBRIR SI UN RUC CONTINÚA ACTIVO
En la actualidad, llevar a cabo diversos tipos de búsqueda resulta más práctico y seguro haciendo uso de la tecnología, y aquellas plataformas que hasta te brindan la chance de imprimir ficha donde figuran registradas tus actividades económicas realizadas a lo largo de los años como usuario inscrito.
Al respecto, pasamos a compartirte los detalles entorno al paso a paso que debes seguir si necesitas consultar el estado de tu RUC o algún otro, y revisar así todos los datos referentes a las contribuciones cumplidas ante SUNAT:
- Paso 1
- Ingresa a CONSULTA RUC desde tu dispositivo móvil o laptop.
- Paso 2
- Elige la opción “Por RUC”
- Paso 3
- Coloca los 11 dígitos del RUC a consultar.
- Paso 4
- Dale clic en “Buscar”, y listo!
Como información adicional, considera que también se puede conocer el estado de un RUC y las actividades económicas registradas sobre territorio peruano, colocando datos correspondientes al DNI del titular, nombre o razón social.
LOS 6 TIPOS DE ESTADO DE UN RUC, SEGÚN SUNAT
- Activo
- La persona natural o jurídica viene realizando actividades comerciales.
- Suspensión temporal
- La persona natural o jurídica ha comunicado la suspensión de sus actividades comerciales.
- El RUC puede estar suspendido hasta 12 meses calendario consecutivos.
- Ante dicho caso, considera que puedes reiniciar tus actividades en cualquier momento dentro de los mismos 12 meses haciendo uso de usuario y clave SOL.
- Baja provisional
- La persona natural o jurídica ha solicitado la baja de inscripción de su RUC y se encuentra en etapa de evaluación por parte de la SUNAT.
- Baja definitiva
- La SUNAT ha aprobado tu baja definitiva de inscripción en el RUC.
- Baja provisional de oficio
- Este estado figura activado cuando la SUNAT presume que tu empresa podría haber dejado de realizar actividades comerciales.
- Baja definitiva de oficio
- Este estado figura activado cuando la SUNAT presume que tu empresa ha dejado de realizar actividades comerciales.
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