El pago del impuesto predial es un deber tributario que recae sobre todas aquellas personas que poseen propiedades inmobiliarias. No obstante, ciertos sectores de la población cuentan con beneficios especiales, como los adultos mayores de 60 años, que pueden acceder a una exoneración o descuento del tributo. Esta ventaja fiscal está diseñadas para aliviar la carga económica de estos contribuyentes. A continuación, te explicamos los requisitos y el proceso para obtener este beneficio.
¿QUIÉNES ACCEDEN EXACTAMENTE A LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL?
El beneficio está dirigido a personas mayores de 60 años. Para acceder a este beneficio, los ingresos mensuales de este grupo no pueden exceder los S/5.350 (valor de una UIT actualizado al presente 2025) y deben ser propietarios de un solo inmueble, el cual debe estar registrado a su nombre o al de la sociedad conyugal, según informa el diario La República.
¿QUÉ SE REQUIERE PARA ACCEDER A LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL EN EL 2025?
Para acceder al beneficio del impuesto predial, el valor del autovalúo de la propiedad no debe superar las 50 UIT, lo que equivale a S/267.500. Si el valor del inmueble es menor o igual a esta cifra, la persona mayor de 60 años estará exenta del impuesto.
Sin embargo, si el el valor de su inmueble supera el monto mencionado, solo pagarán impuestos por el monto adicional, según explica la agencia Andina. Es decir, si el autovalúo es de S/300.000, la base imponible será de S/32.500.

¿CÓMO OBTENER LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL?
Los contribuyentes tienen la opción de realizar el trámite de manera presencial, acudiendo a la municipalidad de su distrito, o de forma virtual, a través de las plataformas digitales que la municipalidad ponga a disposición.

El trámite para obtener la exoneración implica presentar una serie de documentos, entre los cuales se encuentran la declaración jurada del autovalúo del inmueble, el Documento Nacional de Identidad y los comprobantes que acrediten los ingresos del solicitante.
Es responsabilidad de las municipalidades verificar que los solicitantes cumplan con todos los requisitos y emitir los recibos de pago con el descuento correspondiente al impuesto predial.

¿QUÉ ES EL IMPUESTO PREDIAL?
En nuestro país, el impuesto predial es un tributo que tienen que pagar los dueños de bienes inmuebles, ya sea terrenos, casas, edificios y otras propiedades urbanas o rurales. Esta contribución tiene carácter municipal y se cobra todos los años con la finalidad de financiar servicios públicos locales, como mantenimiento de calles y seguridad ciudadana.
Es fundamental reconocer que constituye una obligación legal, debido a que no se puede arrastrar intereses moratorios, multas y procesos de cobranza coactiva. Por esta razón, es crucial que los propietarios estén informados sobre sus obligaciones tributarias y efectúen los pagos dentro de los plazos estipulados.

¿CÓMO CALCULAR EL IMPUESTO PREDIAL DE UNA VIVIENDA?
El impuesto predial se calcula según el autoevalúo, el cual viene a ser el valor del inmueble que es establecido por la municipalidad. Este valor se determina considerando el tamaño del terreno y las edificaciones presentes, y al mismo tiempo aplicando tasas específicas según la ubicación y las características del bien.
Las tasas son progresivas y se ubican de la siguiente forma:
- Tramo del Autovalúo: Hasta 15 UIT | Alícuota: 0,2 %
- Tramo del Autovalúo: Más de 15 UIT | Alícuota: 0,6 %
- Tramo del Autovalúo: Más de 60 UIT | Alícuota: 1 %