A pocas semanas del inicio del año escolar, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) lanzó una advertencia dirigida a padres, madres y apoderados de colegios privados. La entidad recordó que ninguna institución educativa puede obligar a comprar uniformes, útiles o materiales en tiendas específicas ni imponer marcas determinadas, ya que esta práctica vulnera el derecho a la libre elección del consumidor.
A pocas semanas del inicio del año escolar, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) lanzó una advertencia dirigida a padres, madres y apoderados de colegios privados. La entidad recordó que ninguna institución educativa puede obligar a comprar uniformes, útiles o materiales en tiendas específicas ni imponer marcas determinadas, ya que esta práctica vulnera el derecho a la libre elección del consumidor.
El organismo supervisor alertó que estas conductas no solo afectan la economía familiar, sino que pueden acarrear sanciones millonarias para los centros educativos que incumplan la norma. Además, precisó otras restricciones que deben respetarse durante la campaña escolar. Descubre cuánto podrían pagar los colegios que incurran en estas irregularidades y qué derechos respaldan a los padres de familia.
¿CUÁNTO ES LA MULTA QUE PODRÍAN RECIBIR LOS COLEGIOS?
Indecopi informó que las instituciones privadas que condicionen la compra de uniformes o materiales escolares a proveedores exclusivos pueden ser sancionadas con multas de hasta 450 UIT. En valores actuales, esta cifra supera los S/2.475.000, dependiendo del cálculo vigente de la Unidad Impositiva Tributaria.
De acuerdo con datos oficiales, entre 2021 y 2025 se registraron 647 sanciones vinculadas a este tipo de infracciones en distintas regiones del país. En conjunto, las penalidades económicas aplicadas durante ese periodo superaron las 1.189 UIT. Estas faltas son consideradas como incumplimientos a la idoneidad del servicio educativo, ya que limitan la libertad de elección de las familias y generan gastos adicionales injustificados.
(Foto: GEC / Archivos)
¿QUÉ PRÁCTICAS ESTÁN PROHIBIDAS DURANTE LA CAMPAÑA ESCOLAR?
La autoridad precisó que los colegios no pueden exigir la entrega total de la lista de útiles el primer día de clases. Los materiales deben solicitarse de manera gradual, permitiendo un respiro financiero a los apoderados.
Algunos puntos esenciales son:
Plazo de gracia: Las familias cuentan con un mínimo de 30 días calendario, contados desde que inician las clases, para completar la entrega de lo solicitado.
Pertinencia pedagógica: El colegio tiene prohibido requerir equipos o materiales que no guarden una relación directa con el aprendizaje del estudiante.
Libertad de origen: No existe obligación de comprar textos nuevos, permitiéndose el uso de libros de segunda mano, a excepción de aquellos cuadernos de trabajo que por su naturaleza sean de un solo uso.
Asimismo, es importante señalar que los apoderados tienen derecho a participar en la selección de los libros que utilizarán sus hijos, según informa el diario La República.
(Fuente: El Peruano)
¿QUÉ PUEDEN HACER LOS PADRES SI DETECTAN IRREGULARIDADES?
Si una familia advierte que el colegio condiciona la compra de uniformes, útiles o materiales a un proveedor exclusivo, puede presentar un reclamo formal ante Indecopi para que se investigue el caso. La entidad evaluará la denuncia y, de comprobarse la infracción, aplicará las sanciones correspondientes.
Este llamado cobra mayor relevancia considerando que el gasto estimado en implementos escolares puede oscilar entre S/600 y S/1.200 por estudiante, según proyecciones gremiales. Este monto incluye desde materiales básicos hasta textos especializados y, en algunos casos, dispositivos tecnológicos. Por ello, la supervisión busca evitar sobrecostos y proteger el presupuesto de las familias frente a prácticas indebidas.
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