Según información del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), entre 2014 y 2023 se entregaron más de 10 millones de tarjetas de residencia permanente, las cuales brindan a las personas el derecho a vivir y trabajar de manera legal en . No obstante, el Gobierno de Donald Trump ha impuesto recientemente restricciones relacionadas con la emisión de visas para extranjeros en doce países, entre ellas y Cuba en Latinoamérica. Esta noticia ha generado diversas dudas e incertidumbres entre los que planean migrar o viajar a . Por ello, es importante tener en cuenta que estas medidas, que rige a partir del 9 de junio, no se aplican a todos, sino que contemplan excepciones significativas. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.

Tipos de visas de no inmigrante que quedan fuera de la medida

De acuerdo con la plataforma Meridiano, existen diversas categorías de visas de no inmigrante que quedan libre de estas restricciones y son:

  • A-1, A-2: Dirigidas a diplomáticos y otros funcionarios gubernamentales extranjeros.
  • C-2, C-3: Destinadas al tránsito inmediato y funcionarios de gobiernos extranjeros en tránsito.
  • G-1, G-2, G-3, G-4: Solo para representantes de organizaciones internacionales y sus trabajadores.
  • NATO-1 a NATO-6: Para el personal de la OTAN y sus familias.
El Gobierno de Donald Trump ha impuesto recientemente restricciones relacionadas con la emisión de visas para extranjeros en doce países, entre ellas Venezuela y Cuba en Latinoamérica.
El Gobierno de Donald Trump ha impuesto recientemente restricciones relacionadas con la emisión de visas para extranjeros en doce países, entre ellas Venezuela y Cuba en Latinoamérica.

Excepciones por razones deportivas, familiares o de persecución

  • Atletas y equipos deportivos: Atletas, entrenadores, personal de apoyo esencial y familiares inmediatos que viajen para eventos deportivos de gran relevancia como la Copa del Mundo o los Juegos Olímpicos podrán entrar a EE. UU.
  • Visas de inmigrante para familiares inmediatos: Quedan excluidas de la medida las visas destinadas a cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2), así como las otorgadas a sus padres (IR-5), siempre que se presente evidencia clara y convincente de la identidad y el vínculo familiar, como pruebas de ADN.
  • Adopciones: Se exceptúan las visas relacionadas con adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4).
  • Visas especiales de inmigrante: Esto incluye visas para afganos, empleados del Gobierno de EE. UU. y minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
el Gobierno de Donald Trump ha impuesto recientemente restricciones relacionadas con la emisión de visas para extranjeros en doce países, entre ellas Venezuela y Cuba en Latinoamérica.
el Gobierno de Donald Trump ha impuesto recientemente restricciones relacionadas con la emisión de visas para extranjeros en doce países, entre ellas Venezuela y Cuba en Latinoamérica.

Ciudadanos con la Green Card o doble nacionalidad

  • Residentes permanentes legales de USA: Si cuentan con una Green Card, tu estatus migratorio no se verá perjudicado por esta medida.
  • Personas con doble nacionalidad: Las personas con doble nacionalidad, siempre que una de ellas sea de un país no incluido en la restricción, podrán ingresar a Estados Unidos utilizando el pasaporte correspondiente a esa segunda nacionalidad.