Con el Mundial Qatar 2022 también llega la “necesidad” de ver todos los partidos. Actualmente, la televisión pública en Perú no cuenta con los derechos para emitir todos y cada uno de ellos, por lo que los usuarios optan por utilizar páginas web que los retransmiten de forma ilícita, pero gratuita. ¿Estamos cometiendo un ciberdelito al utilizar estos sitios web?
Debemos entender que la Copa del Mundo es un evento que solo se puede emitir comprando los derechos a la FIFA. Es decir, no es un acontecimiento público, pues el mismo ente deportivo que lo organiza es privado. Incluso las selecciones que participan son parte de un ente privado, como lo es la FPF, por ejemplo. Por ello, pese a lo que podríamos pensar, la transmisión del Mundial no es algo libre y gratuito para cualquier medio.
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¿Ver los partidos del Mundial a través de páginas web que retransmiten en vivo es un ciberdelito?
De acuerdo con Juan Mario Peña Flores, abogado especializado en derecho penal y socio fundador del Estudio Peña Abogados, no cometemos ningún tipo de ciberdelito con solo ver estos partidos. “No estaría incurriendo en un ilícito penal, ya que la norma sanciona el obtener programas informáticos, siempre que se realice alguna vulneración de las medidas de seguridad que se han establecido para impedirlo”, asegura en entrevista con El Comercio.
Es decir, solo si forzáramos nuestro acceso a alguna plataforma significaría que estamos cometiendo un ciberdelito. Por ejemplo, si hackeáramos alguna cuenta con acceso a este tipo de contenido o si atacásemos alguna página web que transmite de forma legal este evento. Además, utilizar este tipo de sitios web no solo fomenta la piratería digital, sino que también podría significar un peligro para nuestra ciberseguridad, pues no sabes a dónde nos redirigen estos enlaces.
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Sin embargo, si nosotros estuviésemos detrás de algún sitio web que retransmite contenido, sí estaríamos incurriendo en un ciberdelito. “Es ilegal y atenta contra la propiedad intelectual. En nuestro país, Indecopi, en el mes de mayo de 2021, bloqueó el acceso a distintos sitios web”, agrega Peña Flores.
El artículo 39 del Decreto Legislativo 822 indica lo siguiente: “Ninguna autoridad ni persona natural o jurídica, podrá autorizar la utilización de una obra o cualquier otra producción protegida por esta Ley, o prestar su apoyo a dicha utilización, si el usuario no cuenta con la autorización previa y escrita del titular del respectivo derecho, salvo en los casos de excepción previstos por la ley. En caso de incumplimiento será solidariamente responsable”.
Cometer este tipo de infracción significaría, incluso, con cárcel. “En nuestra norma penal, en su artículo N° 217, se sanciona la emisión o transmisión de radiodifusión con una pena no menor de 2 ni mayor de 6 años y con 30 a 90 días multa”, indica el experto.
¿Por qué no se cierra o bloquea el acceso a estas páginas web que retransmiten contenido de forma ilegal?
Existe una diferencia entre “cerrar” y “bloquear el acceso” a estos sitios web. El primero significaría que un juez determine que los creadores estarían cometiendo un atentado contra la propiedad intelectual/derechos de autor, mientras que el otro simplemente sería una orden hacia los proveedores de internet.
No es tan fácil generar un cierre de una página web para las autoridades peruanas. Por ello, Indecopi, el ente encargado de velar por la propiedad intelectual, ha empezado a utilizar los bloqueos para evitar que estos sitios web sigan infligiendo los derechos de autor.
“Indecopi ya ha ordenado el bloqueo de páginas web que eran utilizadas para la transmisión de eventos deportivos de manera ilegal y los cuales era denominados como ‘Fútbol Hoy’, ‘Tele Gratis’, ‘Roja Directa TV’, ‘Tarjeta Roja TV Online’ y ‘Televisa Gratis HD’”, indica Peña Flores.
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Como se mencionó antes, estos sitios web fueron bloqueados en mayo de 2021, lo cual marcó un hito, pues fue la primera vez que una autoridad en Latinoamérica bloquease el acceso a 17 páginas web que permitían descargar contenido, o que trasmitían eventos deportivos de forma ilegal.
A ello se le agregó 147 páginas web bloqueadas en julio de 2022. Un gran salto para INDECOPI, pues se venía preparando esta medida desde antes del confinamiento por la COVID-19. “Este grupo importante de 147 sitios web es un trabajo de más o menos dos años, que se empezó antes de la pandemia. Sitios de gran impacto donde había una mayor cantidad de usuarios que entraban”, señaló Fausto Vienrich, director de Derecho de Autor del INDECOPI, a El Comercio en aquel momento.
Combatir la piratería digital puede ser muy difícil, pues estos sitios web suelen cambiar de dirección de forma constante para evitar problemas legales con cada país. Por ejemplo, si antes alguno terminaba en ‘.nz’, al otro día podría culminar en ‘.pe’. Esto significaría que las autoridades tendrían que monitorear miles y miles de páginas web, prácticamente todos los días.
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Asimismo, también existen los “duplicados”, donde coexisten dos páginas web con el mismo nombre, pero con diferente direcciones. Por ejemplo, uno de los casos más conocidos es Cuevana. Este sitio web fue creado en Argentina y actualmente está bloqueado en Perú. Sin embargo, existe Cuevana, Cuevana3, Cuevana Storm, etcétera. Es decir, ya no es una sola página web, sino varias existiendo al mismo tiempo.
Por ello, no es tan simple bloquear el acceso a cada página. A esto se le agrega que no todas albergan el contenido, sino que solo redireccionan: el llamado ‘linking’. Además, nuestras autoridades no pueden simplemente ordenar un bloqueo de forma arbitraria, pues estos sitios web deben tener una gran llegada en Perú, lo que significa una investigación importante para hacerlo.