(Foto: Agencias)
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Editorial El Comercio

El jueves de la semana pasada, el pleno del Congreso aprobó un proyecto de ley sobre una materia que hace no muchos años probablemente no habría ni aceptado discutir: el uso medicinal del y sus derivados. Cannabis, como se sabe, es el nombre científico de la cuyo uso recreativo está prohibido aquí y en muchos otros países.

Por estar asociada al concepto de ‘droga’ (entendida como sustancia ilícita que provoca efectos de diversa naturaleza en la mente y el cuerpo de quien la consume), la circunstancia de que, a través de sus derivados, la planta de marihuana puede ser utilizada también con fines benéficos para las personas que padecen ciertos males –cáncer, parkinson y epilepsia, entre otros– fue un asunto que los políticos peruanos prefirieron obviar. Ya fuese porque participaban del difundido prejuicio contra ella o porque no se atrevían a enfrentar el costo de retarlo.

De hecho, durante el debate del jueves y antes en las comisiones que prepararon dictámenes al respecto, se escucharon todavía voces que, sin aportar datos que los sustenten, repetían los viejos argumentos intimidatorios. A saber, que los derivados del cannabis no ‘curan’ y más bien generan adicción y que con una medida como la que se pretendía aprobar se le iba abrir la puerta al narcotráfico.

Tales voces fueron oportunamente respondidas con el señalamiento de que los productos en cuestión sirven para aliviar los dolores o los síntomas de quienes enfrentan las enfermedades ya mencionadas y mejorar así su calidad de vida (lo que es motivo suficiente para permitir su uso), así como con la observación de que la legalización de un producto es en realidad la forma más efectiva de acabar con su comercio ilegal y no de estimularlo.

Felizmente, además, a la hora de la votación, quedó claro que esta vez el discurso supersticioso no había logrado su propósito: una amplia mayoría de 64 congresistas provenientes de todas las bancadas respaldó la iniciativa, mientras que solo 4 la rechazaron y 2 se abstuvieron.

Así, a partir de ahora han quedado autorizados en el país el uso informado, la investigación, importación y comercialización del cannabis y sus derivados con fines medicinales y terapéuticos, así como la posibilidad de que instituciones públicas y privadas debidamente registradas y certificadas por el Estado produzcan y provean los insumos para la investigación que sirva ese propósito. Y se modificará, asimismo, el artículo 299 del Código Penal para que no sea punible la posesión del cannabis y sus derivados, siempre que la cantidad sea la necesaria para el tratamiento de quien la posea o de un tercero que se encuentre bajo su cuidado.

Al mismo tiempo, sin embargo, se han dispuesto algunas precauciones para prevenir usos eventualmente indebidos de la sustancia, como el establecimiento de un padrón de pacientes (que incluirá información de la enfermedad y del médico tratante, así como la dosis y frecuencia del tratamiento) o la creación de un registro de personas naturales o jurídicas importadoras y/o comercializadoras de los productos. La aplicación de la ley, por lo demás, será evaluada año a año por el Ministerio de Salud y otras entidades.

Está pendiente, por otra parte, la reglamentación de la ley por parte del Ejecutivo, que, como en los casos de tantas otras normas controversiales, podría demorar demasiado o sencillamente hacerla inaplicable, por lo que habrá que estar vigilantes.

Pero por el momento cabe saludar al Congreso y a todas las bancadas allí presentes por este inusual humo blanco en una materia que con mucha facilidad podría haber sido obstaculizada con recursos demagógicos. Se trata, sin duda, de un gesto de madurez política que ojalá se vea pronto reproducido en la discusión de otros proyectos y en el trato que los integrantes del Legislativo se dispensan con los representantes de los otros poderes del Estado.