En enero del 2017, vecinos de Puente Piedra y distritos aledaños se movilizaron en contra de las garitas de peaje instaladas por la concesionaria Rutas de Lima. (Foto: GEC)
En enero del 2017, vecinos de Puente Piedra y distritos aledaños se movilizaron en contra de las garitas de peaje instaladas por la concesionaria Rutas de Lima. (Foto: GEC)
Juan Guillermo Lara

El último sábado, la anunció que el tribunal arbitral con sede en Washington falló a favor de por el caso del peaje de Puente Piedra. El órgano de arbitraje decidió que la comuna pague a la concesionaria S/230 millones, por el concepto del dinero que no pudo recaudar desde el 2017 hasta la fecha.

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La procuradora de la MML, Mariela González, señaló a El Comercio que el tribunal consideró el acta firmada entre la comuna, durante la segunda gestión del exalcalde de Lima Luis Castañeda Lossio y la concesionaria, pese a que este acuerdo no estaba contemplado en el contrato.

“Hemos puesto a disposición del tribunal las pruebas de que esta acción es ajena a los procedimientos establecidos en el contrato. Lo establecido era que el peaje no podía funcionar si las obras obligatorias [en la carretera Panamericana Norte] no culminaban; es decir, no actuaron de acuerdo al contrato”, aseguró González.

El 29 de diciembre del 2016, la concesionaria Rutas de Lima instaló garitas de peaje, de sur a norte, a la altura del río Chillón, en Puente Piedra, amparada en el acta de acuerdo que firmó con la comuna capitalina el 30 de junio de ese año.

En dicho acuerdo se determinó que el retraso en la culminación de las obras de mejoramiento en las vías concesionadas se debía a que la comuna no cumplió con liberar las interferencias (expropiaciones, saneamiento de terrenos, etc.), por lo que se pactó una nueva fecha de inicio para implementar la unidad del peaje Chillón.

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Ante ello, González asegura que el contrato original estimaba que la implementación de las casetas de peaje, así como el reajuste del precio de este, se debería realizar únicamente cuando hubieran "culminado las obras obligatorias estipuladas en el contrato de concesión”.

En el anexo N° 1 del contrato de concesión del Proyecto Rutas Nuevas de Lima se estipula la construcción de 15 obras mayores en la Panamericana Norte, de las cuales ocho tenían carácter de obligatorio. Entre estas, figuran cuatro intercambios viales a desnivel; sin embargo, uno de ellos, ubicado en el cruce con la avenida Canta Callao, en Los Olivos, no se construyó porque fue suspendido por la gestión de .

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En enero del 2017, y luego de cuatro violentas marchas en contra del peaje, Castañeda anuló este cobro. Por tal motivo, el fallo del tribunal estimó que la comuna debe pagar S/230 millones por concepto de la recaudación desde que fueron retiradas las casetas hasta la fecha.

Vamos a presentar, ante este mismo tribunal arbitral, una solicitud de interpretaciones, aclaraciones e integraciones de aspectos que la MML considera que se han omitido en el laudo. Si la comuna no estuviera satisfecha con lo que respondan, todavía podríamos recurrir a la figura de la anulación del laudo, que es un procedimiento que se realizaría en la Corte Federal de Washington”, manifestó González.

La procuradora de la MML resaltó que este fallo no estima reponer las garitas de peaje, con sentido sur a norte, en Puente Piedra. “En la medida que el fallo no sea firme, no se procederá aún a ningún pago porque la ley nos permite recurrir a otras instancias”, puntualizó.

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