(Foto: Captura)
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Redacción EC

Los representantes legales del Estado Peruano ante la Corte Interamericana de los Derechos Humano (Corte IDH), Jorge Villegas y Adrián Simons, manifestaron hoy que la causa del indulto humanitario otorgado a Alberto Fujimori fueron los problemas cardíacos que afectan al condenado ex presidente.

En la audiencia en la que la Corte IDH evaluó el cumplimiento de las sentencias sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta respecto al indulto dado a Alberto Fujimori, Villegas estableció que "la causal de otorgamiento no ha sido el cáncer, ha sido la situación cardíaca que puede producir muerte súbita en condiciones de carcelería".

En esa medida, Simons reveló detalles del expediente médico en el que se sustentó el indulto otorgado y señaló que, de las diez enfermedades que según este padece Alberto Fujimori, "las tres o cuatro primeras son enfermedades cardiovasculares y la más grave es fibrilación auricular paroxística".

"Se habla de la falta de imparcialidad de uno de los médicos que es oncólogo, pero no mencionan que la enfermedad cancerígena ocupa el rango número seis de las diez enfermedades decretadas", refirió sobre los cuestionamientos a la gracia presidencial otorgada.

-No es impunidad-
Asimismo, los representantes legales del Estado Peruano señalaron que el indulto otorgado no implica un acto de impunidad, pues "en el caso del condenado Fujimori, el Estado lo procesó, obtuvo su extradición, lo juzgó, lo condenó a la pena máxima aplicable y ha cumplido casi la mitad de la misma".

Villegas sostuvo que el Estado "respeta el dolor de las víctimas", pero añadió que estas "pretenden equivocadamente" que la Corte IDH sea "primera y única instancia al solicitarle la nulidad de la resolución que concede el indulto por razones humanitarias al condenado Fujimori".

Simons agregó que, en este caso, existe un problema de falta de agotamiento de la vía interna y que "la Corte IDH no debe ser usada como un atajo" por parte de los denunciantes.

"En este caso, no se han agotado los mecanismos internos para lograr el objetivo que es rebatir el indulto. [...] No estarían permitiendo al propio Estado revisar el indulto a partir de órganos independientes e imparciales", cuestionó Simons.

Sobre ese punto, Villegas afirma que "las restricciones del derecho internacional no alcanzan al indulto humanitario porque, por su misma naturaleza, este es la manifestación de la superioridad moral del Estado frente a los condenados por violaciones graves de los derechos humanos".

Finalmente, Simons negó que el indulto otorgado a Alberto Fujimori sea de carácter político. Señaló que no fueron únicamente los votos de los congresistas fujimoristas disidentes los que salvaron al presidente Kuczynski de la vacancia, sino que hubo además votos y abstenciones de legisladores de otras bancadas.

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