Durante este año el valor del bitcoin aumentó más de dieciséis veces. Paso de US$ 1.000, a principios de año, a US$ 16.000 recientemente, trayendo ganancias exorbitantes a quienes apostaron en esta inversión.
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Ante esto, el Gobierno de Argentina quiere quedarse con parte de esa renta: el proyecto de reforma tributaria gravará con un 15% la ganancia neta en dólares de las monedas digitales, es decir la diferencia entre su precio de compra y venta, asegura el diario Clarín.
¿Qué es lo que dicta la reforma?
Según el artículo 2 del proyecto, se gravarán “los resultados derivados de la enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales (...), monedas digitales, títulos, bonos y demás valores”.
El gravamen representará una gran carga tributaria para quienes se beneficiaron con el fuerte incremento que registró el bitcoin durante el 2017. Así, quien hace un año compró un bitcoin a US$ 750 y ahora lo vende a US$ 16.000, quedará con una ganancia de US$ 15.250 que será gravada con el 15%, es decir unos US$ 2.288.
En conversaciones con el diario argentino, Julián Ruiz, tributarista especializado en instrumentos financieros y titular de Ruiz & Asociados, mencionó que el proyecto gravará con ganancias la diferencia entre el precio de compra y venta siempre y cuando, como en el caso anterior, haya una “renta de fuente extranjera”, es decir, que el bitcoin haya sido generado fuera del país.
Pero, si el bitcoin fue emitido en Argentina, se tomará la diferencia entre el valor de cotización al 31 de diciembre y el de venta. Es decir, si alguien compró un bitcoin a US$ 750 el año pasado, luego la criptomoneda cotiza a US$ 16.000 al 31 de diciembre de 2017 y se decide vender el 31 de enero a US$ 17.000, quedaría gravada la diferencia de US$ 1.000 entre estos últimos dos valores, unos US$150.
Entre estas dos posibilidades, Ruiz sostiene que prevalecerá la de “renta extranjera” (es decir, gravar la diferencia entre el precio de compra y el de venta) porque “el bitcoin se genera por minería alrededor del mundo y será poco probable que se pruebe que alguien lo minó en Argentina”.
ATENUANDO EL IMPACTO
Tomando el gravamen entre la diferencia de compra y venta, Ruiz afirmó que hay una forma de salvar gran parte de la ganancia obtenida este año por el fuerte crecimiento del bitcoin: venderlos el 31 de diciembre, antes de la entrada en vigencia de la nueva ley, y recomprarlos el 1 de enero, cuando la norma ya esté operativa.
Así, si alguien adquirió un bitcoin el año pasado a US$ 750, lo vende a US$ 16.000 el 31 de diciembre y lo recompra a ese mismo precio el 1 de enero, si luego quiere venderlos a, por ejemplo, US$ 17.000 pagará al gobierno argentino solo sobre esos US$ 1.000 de diferencia y no sobre toda la ganancia acumulada de 2017.
En cualquiera de los casos mencionados, Ruiz explicó que para calcular la rentabilidad obtenida no se gravará la diferencia de tipo de cambio, sino que un dólar valdrá nominalmente lo mismo para la compra y la venta. Es decir, si alguien por ejemplo compró bitcoins por US$100 con un dólar a US$15 y luego los vendió con el tipo de cambio a US$18, esa diferencia no tributará.
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