Mira las nuevas reglas que se aplicarán a las casas de cambio

Casas de cambio deben registrar operaciones sospechosas de lavado de activos y terrorismo. Aprende a identificarlas
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Las casas de cambio y entidades que realizan operaciones de compra y venta de moneda extranjera deberán implementar un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, informó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');

Los dueños y encargados de las casas de cambio (llamados oficiales de cumplimiento) deberán reportar cualquier operación sospechosa a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SBS.

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¿Cómo identificarlas y qué hacer? Desde ahora, cada vez que alguien se acerque a una casa de cambio para realizar una operación superior a los US$200 o su equivalente, tendrá que presentar su DNI. Montos menores no son sospechosos.

Cuando la compra sea igual o mayor que US$5.000 o su equivalente, ya se vuelve muy sospechosa, por lo que la casa de cambio deberá llenar con el cliente un formulario que tendrá carácter de declaración jurada.

Cuando las operaciones iguales o mayores a US$5.000  o su equivalente lo realicen clientes recurrentes, personas jurídicas, fideicomisos y/o personas expuestas políticamente (PEP) o sus parientes y socios, se consideran muy sospechosas. Para estos casos, las casas de cambio deberán contar con un registro de operaciones en el que apuntará esas operaciones. Deberán informar de esas operaciones rápidamente a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SBS.

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