La Cámara de Comercio de Lima (CCL) considera que los cambios hechos a la ley de procedimiento administrativo general son positivos, pues ayudará a simplificar y eliminar muchas barreras burocráticas, “que hoy entorpecen la inversión en el país”. Así lo indicó a El Comercio, Mario Mongilardi, presidente de este gremio. Follow @EconomiaECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
“Lamentablemente, al año 2016, contabilizamos tres años continuos de caída de inversión privada, que tiene que ser revertida, y ciertamente este decreto legislativo –que modifica la ley del procedimiento administrativo general— aboga en ese sentido”, comentó el ejecutivo.
ESTOS SON LOS CAMBIOS QUE DESTACÓ LA CCL:
1. Los procedimientos estandarizados mediante la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del sector público. “Esto quiere decir que las entidades públicas no decidirán a su libre albedrío los procedimientos y requisitos aplicables a los ciudadanos en el Perú”, indicó Mongilardi.
2. “Ahora la PCM tiene competencia y debe aprobar los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) de los ministerios y organismos públicos, y a lo que debemos es tener un TUPA uniforme y estandarizado para toda la administración pública”, indicó el ejecutivo.
3. El silencio administrativo negativo es un régimen excepcional; es decir, solo por excepción podrían argumentar este silencio las entidades y ese tiene que figurar en el TUPA. “La PCM aprobará o no si no es un procedimiento que merezca este tipo de silencio, no como ahora, q cada entidad decidía cuál era un procedimiento de silencio administrativo negativo”, comentó Mongilardi.
4. Se les ha dado 120 días a las entidades públicas para que justifiquen ante la PCM los procedimientos a los que hoy se les aplica el silencio administrativo negativo. Entonces, las entidades públicas están en la obligación de que un plazo de 120 días tienen que justificar todos los procedimientos que están bajo tipo de silencio.
5. La norma facilita que las entidades puedan acogerse a medios electrónicos para que el ciudadano pueda hacer los trámites que requiere.
6. Se ha creado una central de riesgo administrativo. “Ésta es una central que tendrá una base de datos de todas las personas que presenten información falsa ante la administración pública”, comentó Mongilardi.
“Tenemos que felicitar al gobierno por esta modificación de la ley del procedimiento administrativo general, y esperamos con mucha tranquilidad y serenidad la emisión de los reglamentos necesarios para poner en práctica algunas de estas medidas”, señaló el presidente del gremio.
Ante la posibilidad de que las entidades públicas incumplan los cambios efectuados por el gobierno central, Mongilardi señaló que los ciudadanos pueden acudir al Indecopi para denunciar barreras burocráticas ilegales.
“La CCL se compromete con la ciudadanía a dar una pelea directa a las barreras burocráticas, y como cámara haremos las denuncias en nombre del emrpesariado”, afirmó Mongilardi.