Los trabajadores independientes deberán realizar a partir de mañana el aporte obligatorio a un sistema previsional, es decir tendrán que abonar una parte de sus ingresos a una administradora privada de pensiones (AFP) o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
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Como se conoce, el aporte obligatorio de esta fuerza laboral es el tercer componente de la reforma del sistema nacional de pensiones que emprendió el Gobierno a través del MEF y la SBS hace dos años.
El aporte obligatorio alcanza a todos los trabajadores independientes que nacieron desde el 1 de agosto de 1973 y que cuenten con ingresos superiores a un salario mínimo, es decir S/.750. Asimismo, también incluye a los trabajadores dependientes que emitan recibos por honorarios al prestar sus servicios y cumplan los requisitos mencionados.
Para realizar los pagos, el Gobierno ha establecido una gradualidad en las tasas de aporte hasta julio del 2017, tal como se observa en este cuadro: Tasas que regirán desde agosto de cada año | Create Infographics
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Cabe mencionar que las tasas fijadas para las AFP solo precisan el monto del aporte de los afiliados, pero no incluyen los pagos por comisión de administración de los fondos y por la prima de seguro (invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio). Según el economista Jorge González Izquierdo, el pago por ambos conceptos genera una tasa adicional de entre 1,5 y 1,75 puntos porcentuales para aquellos que opten por el sistema privado de pensiones (SPP).
Para hacer efectivo el aporte previsional, el trabajador deberá declarar en su recibo por honorario el monto el monto correspondiente que deberá ser calculado en base a las tasas establecidas.