El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento para acogerse al régimen societario alternativo Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS), dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
La medida fue aprobada vía Decreto Supremo N° 312-2019-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
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Una de las características de las SACS es que pueden establecer un directorio, el que debe especificarse en estatuto y pacto social para constituir la empresa. Además, puede contar con uno o más gerentes.
El plazo máximo para constituir una SACS es de 72 horas, contadas desde la incorporación provisional de la denominación en el Índice Nacional de Personas Jurídicas en el Módluo SACS del SID-Sunarp.
El resultado de la calificación, por parte del registrador, para aprobar o no la constitución de la SACS es de un día hábil. Este proceso está sujeto a silencio administrativo negativo.
Desde el Ministerio de la Producción (Produce), se autoriza la creación de estas empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE).
“Para tal efecto, facilita el uso gratuito de tecnología, brinda asesoría a los ciudadanos, entre otras acciones”, señala el texto de la norma.