El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso hoy el reajuste de S/38 en las pensiones recibidas por los jubilados comprendidos en el régimen de la Ley 20530 cuyos abonos no excedan las 28 UIT anuales (equivalentes a S/110.600).Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Ello, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley 20530, que establecen que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido los 65 años o más de edad al 31 de diciembre del 2015 y cuyo valor máximo no exceda el importe de las dos UIT (unos S/7.900) al mes serán reajustadas al inicio de cada año tomando en cuenta el costo de vida anual y la capacidad financiera del Estado.
En caso de recibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto. Además de estas condiciones, y otras detalladas en el decreto supremo publicado en el suplemento de Normas Legales del diario “El Peruano”, la publicación explica que en el caso de las entidades que a la fecha de entrada en vigencia del decreto hayan pagado pensiones correspondientes al 2016, la regularización del abono del ajuste se harán en el “pago correspondiente al mes siguiente”.
Para su cumplimiento, el MEF autorizó la transferencias de partidas de hasta S/83,8 millones del presupuesto del sector público para el año fiscal 2016 para atender el financiamiento del reajuste de las pensiones.