El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) alertó que un reciente Decreto Supremo (DS) publicado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) interfiere en el proceso de regulación de tarifas eléctricas en curso, lo cual impide una posible reducción tarifaria para los usuarios.
El organismo indicó que el DS postergaría la entrada en vigencia de una posible reducción tarifaria de 6%, de acuerdo a la pre publicación realizada por esta entidad el 13 de agosto.
Osinergmin debía publicar la tarifa de distribución eléctrica final el 16 de octubre del 2018, la cual entraba en vigencia el 1 de noviembre del mismo año, como parte de un proceso de regulación tarifaria.
Sin embargo, este se interrumpe con la emisión del DS, añade la entidad, pues incorpora nuevas etapas al procedimiento regulatorio que en pocos días iba a culminar, obligando a que este se retrotraiga hasta su inicio y se realicen nuevos estudios; con ello, resulta materialmente imposible que se emita el 16 de octubre la tarifa que debía regir desde el próximo mes de noviembre.
Ayer, el MEM emitió un DS que perfecciona el marco regulatorio aplicable a la distribución de energía eléctrica. Este determina dos nuevas etapas para el Estudio de Costos que determina el Valor Agregado de Distribución (VAD) en cada fijación tarifaria.
En las disposiciones complementarias transitorias del DS, se señala que las modificaciones incluidas “serán aplicables inclusive, al procedimiento para Fijación del VAD que se encuentre en curso”.
“En caso Osinergmin determine la necesidad de modificar el cronograma del procedimiento regulatorio en curso, podrá solicitar al Ministerio de Energía y Minas la prórroga de las tarifas del VAD vigentes”, añade el Decreto Supremo 027-2018-EM.
Al respecto Osinergmin detalló que hasta antes del DS estaban establecidos dos procesos regulatorios: uno para las empresas de distribución eléctrica de Lima, Callao e Ica, que debía concluir este 16 de octubre; y el segundo, para las empresas de distribución eléctrica estatales del interior, el cual se debía iniciar en enero del 2019.
En ese sentido, Osinergmin rechazó toda acción que atente contra la autonomía del regulador y vulnere el equilibrio entre los intereses del Estado, empresas y usuarios.
Asimismo, resaltó que el DS no fue puesto previamente en conocimiento del regulador, ni pre-publicado para ser sometido a comentarios de la opinión pública.