Luego de que la Corte Suprema declarara inconstitucional el artículo del Decreto Supremo 005-2012 que impide que las pesqueras industriales capturen anchoveta entre las millas 5 y 10 del mar peruano, el viceministro de Pesquería, Paul Phumpiu, señaló que el ordenamiento del sector pesquero que ha iniciado el Ministerio de la Producción (Produce) continuará.
Más allá de estos temas judiciales y legales que se van a examinar, el ordenamiento debe continuar porque el Estado tiene el deber de velar porque los recurso hidrobiológicos y su extracción se hagan de manera sostenible. El Estado no puede renunciar ni abdicar a sus funciones. El ordenamiento tiene que seguir, señaló en una conferencia de prensa.
Aunque evitó detallar cuál será la situación de la franja entre las 5 y 10 millas maritímas reservada por el DS 005 para que las embarcaciones medianas pesquen preferentemente para el consumo humano directo y si la pesca industrial podrá operar en ella, señaló que hay diferentes formas de hacer ordenamiento y que no podemos superponer los intereses privados sobre el interés público.
Lo que sí puede existir es una especie de compatibilidad de acuerdo a las sentencias que se van dando y señaló que aún existen otros procesos constitucionales cuya resolución por parte de del Poder Judicial est+am pendientes.
Todos los recursos hidrobiológicos y sus precios tienen que ser accesibles para todo el mundo. Hay una tendencia cada vez más creciente de que el pescado se convierta en un alimento de lujo. Estamos a favor de que todos los recursos estén accesibles para todos los peruanos, remarcó, haciendo énfasis en que la política del Produce seguirá privilegiando el consumo humano directo.
NADA LEGAL QUE HACER Por su parte, Luis Huerta, procurador constitucional del Produce, señaló que el ministerio no tiene posibilidades de apelar la decisión de la Corte Suprema.
Contra esta sentencia no cabe ninguna posibilidad de que se recurra al Tribunal Constitucional. El fallo es definitivo, es final. No hay posibilidad de presentar otro recurso, porque el Tribunal Constitucional no tiene competencia para revisar vía un recurso especial las sentencias emitidas por la Corte Suprema, señaló.
Agregó, sin embargo, que evaluarán hasta el 15 de diciembre, fecha en la que entra en vigencia la resolución de la Corte Suprema, cuáles podrían ser las medidas más idóneas para cumplir con la competencia del Produce de cuidar los recursos naturales, indicó.