Follow @PortafolioECpe!function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
La Sociedad Nacional de Minería Petrólero y Energía (SNMPE) señaló que apelará la sentencia de la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró infundada la demanda constitucional que interpuso en contra del Aporte por Regulación (APR) que percibe el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
Sigue a Portafolio también en Facebook
“Esta es un fallo político y nuestro comité legal tomará cartas en el asunto”, dijeron voceros del gremio minero y energético.
La SNMPE solicitó se declare la inconstitucionalidad y/o ilegalidad con efectos retroactivos del Decreto Supremo N° 130-2013-PCM, que establece las disposiciones referidas al APR del OEFA a cargo de las empresas del sector minería, argumentando que este vulneraría los principios de legalidad y de no confiscatoriedad.
Sin embargo, la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima ha determinado que no existe vulneración a ninguno de esos principios.