Desde el jueves 1 de agosto, se inició la aplicación del impuesto que se paga por la adquisición de bolsas de plástico, de acuerdo a la Ley N°30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) explicó que el cobro se aplica a las bolsas de plástico que son entregadas en los establecimientos comerciales o de servicios, que se encuentren afectos al Impuesto General a las Ventas (IGV), como los supermercados y tiendas por departamentos, entre otros.
El importe de la nueva carga impositiva será gradual y se aplicará por la adquisición de cada bolsa de plástico (por unidad) que el cliente (consumidor final) desee adquirir.
¿En dónde se verá el registro del cobro por este nuevo impuesto? Según explica la Sunat, los establecimientos comerciales y de servicios (agentes de percepción) deben consignar en el comprobante de pago que emitan la cantidad de bolsas entregadas y el importe total del impuesto al consumo percibido que no forma parte de la base de aplicación del IGV.
El impuesto al consumo de bolsas de plástico será declarado y pagado a la Sunat por los agentes de percepción con una periodicidad mensual.
Para mayor información sobre la aplicación y vigencia de este impuesto la Sunat indicó que se pueden comunicar con la Central de Consultas de la entidad o acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio o ingresar a aquí.