¿Podrás usar monedas y billetes expresados en nuevos soles?

El BCR dispuso el empleo obligatorio de la denominación "sol" como unidad monetaria a partir del 1 de enero del 2018
El BCR aclaró que las nuevas monedas y billetes con la denominación "nuevo sol" circularán de manera simultánea con los expresados con la nueva (Foto: El Comercio)

A partir del 1 de enero de este año se deberá emplear la denominación “sol” como unidad monetaria por disposición del Banco Central de Reserva (BCR), entidad encargada de la emisión de monedas y billetes en nuestro país. Ante esto, ¿podrán usar las personas el dinero expresado en “nuevo sol” que todavía poseen?

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Como se recuerda, la Ley N°30381 estableció en el 2015 el cambio de nombre de la unidad monetaria del Perú de “nuevo sol” a “sol”, y se facultó al BCR a dictar regulaciones para hacer efectivo lo dispuesto en dicha norma. Una de las disposiciones dadas fue determinar el uso obligatorio de la nueva unidad monetaria a partir del 2018.

El BCR informó a este Diario que la mencionada obligación solo es para la emisión de documentos, transacciones, valores, precios, letras, pagarés, contratos, emisión de recibos por honorarios, registros y similares.

En relación a la tenencia de dinero expresado en nuevos soles, el ente emisor precisó que la ciudadanía puede emplear monedas y billetes con dicha denominación para realizar cualquier transacción.

“Los billetes y monedas expresados en nuevos soles que circulan en el mercado seguirán siendo de aceptación forzosa como medio de pago. Estos circularán simultáneamente con las monedas y billetes que ya se emiten con la nueva denominación monetaria”, aclaró el BCR.

El BCR empezó a acuñar y poner en circulación monedas de 1, 2 y 5 con la denominación “sol” desde el 2016. En el caso de billetes, el reemplazo inició en diciembre último con la emisión de los primeros billetes de 10 y 100. 

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