La Sunat decidió eliminar la posibilidad de que se realice el pago de la deuda tributaria correspondiente a tributos internos, contenida en una o más órdenes de pago o resoluciones, a través de los bancos habilitados utilizando el número de pago Sunat (NPS).
El NPS se genera en Sunat Operaciones en Línea y está asociado a un número de RUC. Sirve para efectuar el pago en bancos autorizados.
Según la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT, publicada hoy en El Peruano, la deuda por multas o tributos administrados por la Sunat, no podrán pagarse usando el NPS.
Esta medida es aplicable incluso para aquellos deudores tributarios que son principales contribuyentes, añadió el ente recaudador.
Los cambios entrarán en vigencia a partir del 2 de enero de 2020, informó la Sunat.