Pamela Sandoval Del Águila / @padmejones
Mientras la Comisión de Fiscalización se alista para interrogar este miércoles 12 a la alcaldesa Susana Villarán, debido al préstamo que le concedió la Caja Metropolitana de Lima (CMAC Lima), el ex superintentende de Banca y Seguros, Juan José Marthans, salió al frente para defender la legalidad de la transacción, que afirmó es común y permitida entre cualquier funcionario público y la entidad financiera de su preferencia.
“Se está haciendo un escándalo donde no hay. La única posibilidad de que Susana Villarán no pueda recibir un crédito, de la entidad que ella quiera, es si fuera identificada en la central de riesgos como deudora morosa. Si no lo está, está facultada para recibir el crédito que pida”, dijo a El Comercio.
El ex funcionario, quien también se desempenó como director del Banco Central de Reserva, agregó que, por el monto prestado a la alcaldesa, casi S/.25 mil, la CMAC Lima no estaba obligada a notificar a la SBS. Esta afirmación contradice a la que tanto Óscar Vivanco, gerente de la CMAC Lima, como la propia comuna brindaron ni bien se publicó la denuncia del diario Perú21.
“Cuando hay un crédito vinculado [es decir, cuando involucra a algún funcionario allegado a la entidad que presta], se reporta a la SBS y se evalúa la pauta de riesgo por monto y plazo de pago”, dijo entonces Vivanco.
La actual directiva de la SBS todavía no se pronuncia sobre este caso.
El préstamo que se cuestiona a la alcaldesa fue concedido entre el 2011 y el 2012 por la CMAC Lima, una de las empresas de la comuna y cuyo director es elegido por la máxima autoridad edilicia. A la fecha, Villarán continúa pagándolo por cuotas, que se le descuentan del sueldo que recibe como funcionaria. Según el portal Infocorp, esta deuda asciende hoy a S/.8.295.
Precisiones legales
Si bien Marthans defendió la legalidad de la operación crediticia que favoreció a Villarán y a otros funcionarios de la Municipalidad de Lima, evitó opinar sobre si era ético pedir un préstamo a una entidad cuyo directorio es elegido por quien solicita el crédito.
“El tema ético no lo puedo juzgar, lo que sí puedo decir que ha sido una operación transparente, técnicamente viable según la Ley Orgánica del Sistema Financiero”, aclaró.
En la mencionada ley, emitida en 1996, no se precisan restricciones crediticias ni de otras operaciones para funcionarios públicos, ni siquiera miembros del directorio de las entidades financieras. Lo mismo ocurre cuando se revisa la Ley de mejora de la competitividad de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, promulgada en el 2010.
No obstante, en el artículo 221 de la primera de estas normas sí se precisa que los créditos directos con o sin garatía, así como los préstamos hipotecarios, constituyen servicios prestados por las entidades bancarias o cajas municipales.
Para algunos especialistas en Derecho, esta definición de “servicio” permite concluir que la alcaldesa y todos los colaboradores municipales que desde 1998 han pedido créditos a la CMAC Lima han violado la ley que les prohibe contratar obras o servicios públicos para su propio beneficio.