Si usted cree que agravar las penas a un ilícito basta para disuadir a los delincuentes de cometerlo, lo que ocurre en Lima con las ocupaciones violentas de inmuebles, perpetradas por matones a sueldo, puede cambiar su parecer. El 16 de agosto último se modificó –por tercera vez desde el 2013– la pena máxima por el delito de usurpación agravada en el Código Penal: subió de 8 a 12 años de cárcel. Doce días después, Efrén Domínguez y su esposa sufrían la irrupción de 56 desconocidos en su hogar en Lince, para amedrentarlos. Estas personas encontradas en flagrancia del delito de usurpación fueron liberadas cuatro días después por el Poder Judicial.
El caso ocurrido esta semana en un hotel en Miraflores –aunque es jurídicamente distinto por estar enmarcado en una pugna entre inquilino y propietario– comparte con el de Lince un cariz criminal: la contratación de terceros para ocupar una propiedad y en el interín alterar la paz y seguridad. De acuerdo con estadísticas de la División de Asuntos Sociales de la PNP, casos como estos habrían aumentado hasta en 25% en Lima este año.
Es otra forma más de privatización criminal en aumento: sujetos que cobran tarifas variables tanto para efectuar como para evitar desalojos o invasiones. Estos hampones por contrato, según fuentes policiales, suelen provenir de gremios como el de Construcción Civil; no obstante, El Comercio comprobó esta semana que incluso algunas empresas de seguridad privada ofrecen por teléfono “servicios para el apoyo en desalojo”.
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Así funcionan las usurpaciones e invasiones a sueldo. (El Comercio)
APLAZAMIENTO INFINITOSegún la fuente policial consultada por este Diario, los agentes solo pueden intervenir cuando hay flagrancia del delito y presencia de un fiscal, pero no si al mismo tiempo hay un proceso judicial de por medio. En este punto, la ley, a fin de asegurar ciertos derechos, termina afectando otros. Luego de la trágica muerte de Fidel Flores Vásquez, abatido en su azotea en octubre del 2014 por arma ‘no letal’ policial cuando se pretendía desalojarlo de un inmueble de su propiedad por un proceso de embargo, el Poder Judicial decidió cambiar la normativa sobre ejecución de desalojos. Se dispuso que en caso los denunciados persistan violentamente en el incumplimiento de la entrega de inmuebles “se reprogramen sus diligencias en fecha y hora sorpresa”, mediante una resolución administrativa (363-2014) de la presidencia de la Corte Suprema que hacía alusión al caso de Flores Vásquez.
La reprogramación planteada puede demorar entre cuatro y seis meses, de acuerdo con el abogado César Bazán, coordinador del Área de Seguridad Ciudadana del Instituto de Defensa Legal (IDL). Así, inquilinos morosos, ocupantes indeseados o invasores que claman derechos adquiridos sobre una propiedad pueden extender su ocupación. Solo ante la resistencia reiterada se autoriza a la policía y fiscalía a detener a los omisos por delito flagrante de resistencia a la autoridad. De ahí que les resulte provechoso la contratación de hampones para frustrar estas diligencias.
En el caso de Miraflores, opina Bazán, la policía se vio obligada a intervenir, a pesar de que no se daban las condiciones, porque se trató de una zona céntrica y un caso al que la prensa acudió oportunamente, mientras que en un distrito de la periferia de Lima solo se hubiera reprogramado la diligencia.
USO DE LA FUERZALa presencia de matones en defensa de inquilinos da pie a que los propietarios contraten su pequeña y privada ‘milicia’. “La policía debería ejecutar el desalojo, sin embargo, informalmente la misma policía y el juzgado te recomiendan llevar personas que ‘ayuden a cargar las pertenencias de los desalojados’ y que en realidad intimidan y facilitan el desalojo”, afirma Bazán.
De hecho, la ley faculta a un propietario a usar la fuerza para recuperar lo suyo. Esto a la luz de las frecuentes invasiones de terrenos en Lima: la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales registró más de 160 denuncias por este ilícito durante el 2014. “El poseedor puede repeler la fuerza que se emplee contra él o el bien y recobrarlo, si fuere desposeído”, señala una modificación del 2014 al Código Civil (artículo 920), que amplía de uno a 15 días el tiempo en que se puede realizar la acción. Esta se debe dar con apoyo de la policía; aunque no hay mayores precisiones en la norma sobre el uso de la fuerza.
A lo anterior se suma la norma de desalojos ‘express’ de inquilinos morosos (30201) del Código Procesal Civil, también del 2014. La misma señala que en los contratos de arrendamiento (ante notario o juez de paz) con cláusula de allanamiento a futuro del arrendatario por falta de pago, un inquilino moroso puede ser desalojado en 15 días, mediante orden judicial. El plazo es corto en comparación con los cinco años que puede tomar un juicio por desalojo.
Lima es una ciudad donde los precios de los predios van en estable aumento y bajo este panorama operan mafias de terrenos similares a la de Rodolfo Orellana, quien habría llegado a amasar US$100 millones. Ese mismo escenario es el de los invasores a sueldo.