La Contraloría General de la República ha observado un proceso de adjudicación simplificada convocada por el Ministerio del Interior para la adquisición de equipos de protección respiratoria autocontenido para bomberos (EPRA) por un valor estimado de S/ 10’528,446.50. El EPRA es un aparato diseñado para equipos de rescate, bomberos y trabajadores industriales que tienen que realizar labores en atmósferas contaminadas con humos y gases.
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Según el Informe de Orientación de Oficio N° 1576-2019-CG/SIE-SOO, emitido por la Contraloría General, las especificaciones técnicas de los EPRAS a adquirirse mediante la adjudicación simplificada hacen referencia a un procedimiento de fabricación o producción determinado. No obstante, la entidad no ha implementado el correspondiente proceso de estandarización que autorice tal referencia.De acuerdo con la Contraloría “esta situación afecta la libre concurrencia y competencia en el proceso de selección, y por ende el resultado del proceso en condiciones de oportunidad, calidad y mejor uso de los recursos”.
El proceso de compra de EPRAs y un cilindro de repuesto para la atención de emergencias en incendios estructurales se realiza por encargo de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (INBP).
La Contraloría advierte que las características técnicas del requerimiento para la contratación de los EPRAs se hace recurrente referencia a las normas NFPA (National Fire Protection Association) como requisitos que deben cumplir los bienes de manera obligatoria.La Ley de Contrataciones del Estado dispone que las especificaciones técnicas deben proporcionar acceso al proceso de contratación en condiciones de igualdad y no crear obstáculos ni direccionamientos que perjudiquen la competencia.
En ese sentido, el requerimiento para la compra de los EPRAs no debería hacer referencia a una fabricación, procedencia determinada o procedimiento concreto que caracterice a los bienes ofrecidos por un proveedor determinado, marcas, patentes, tipos, origen o producción determinada, señala la entidad de control.
El reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que en la definición del requerimiento no se hace referencia a un procedimiento de fabricación o producción determinado que oriente la contratación hacia ellos, salvo que la entidad haya implementado el correspondiente proceso de estandarización debidamente autorizado por su titular.No obstante, el informe señala que no se advierte que la INBP haya aprobado la estandarización de las características técnicas de los EPRAS que le autorice hacer referencia a determinado procedimiento de fabricación o producción, motivo por el cual la referencia a la NFPA no se ajusta a lo señalado en la norma de contrataciones del Estado.
RecomendacionesEl informe recomienda que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones, con el objeto de asegurar el logro de los resultados y objetivos del proceso de selección. Además se debe hacer de conocimiento al titular del Mininter que debe comunicar al Órgano de Control Institucional, a través de un plan de acción, las medidas preventivas o correctivas que implemente respecto a la situación adversa detectada en el informe.
Cabe recordar que en junio pasado un informe del Congreso de la República concluyó que los 200 equipos de respiración comprados y entregados en el 2017 a los bomberos de Lima y Callao no sirven para luchar contra incendios.En diciembre del 2018, en el reportaje “La compra que pudo matar bomberos”, El Comercio reveló y denunció esta adquisición de más de S/3 millones, ejecutada por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) y la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (INBP).
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