El personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú están incluidos dentro del grupo de servidores públicos que recibirán una bonificación por escolaridad, con el objetivo de ayudar en los gastos escolares.
Y es que, con el retorno a clases, en la mayoría de los casos en marzo, se generan gastos de uniformes, útiles escolares, entre otros, así como de matrículas y pensión. La medida está consignada en la Ley N.° 31638, que se refiere al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. A continuación, los detalles.
¿CUÁNTO SERÁ EL BONO DE ESCOLARIDAD 2023 PARA LAS FUERZAS ARMADAS Y LA POLICÍA?
De acuerdo con la Ley N.° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la bonificación por escolaridad para el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú será de 400 soles.
¿CUÁNDO SE HARÁ EL PAGO DE LA ESCOLARIDAD PARA LAS FUERZAS ARMADAS Y LA POLICÍA?
La norma indica que la bonificación por escolaridad se depositará en el mes de enero junto con la planilla de ese mes.
¿CUÁLES SON LOS REQUISTOS PARA OBTENER EL PAGO POR CONCEPTO DE ESCOLARIDAD?
A continuación, los requisitos que se deben cumplir para obtener la bonificación:
- Tener en el servicio una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista para el pago de la bonificación
- En caso de que no cuenten con el referido tiempo, dicho beneficio se abonará en forma proporcional a los meses y días laborados.
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¿CÓMO SE REPARTIRÁ EL BONO DOCENTE A LOS PROFESORES Y AUXILIARES?
Estos son los montos que repartirá el Ministerio de Educación (Minedu) de manera excepcional:
- Profesores de educación básica: S/950 (nombrados)
- Auxiliares de educación básica: S/950 (nombrados)
- Docentes de educación superior tecnológica: S/1,250 (nombrados y contratados)
- Docentes de educación superior pedagógica: S/1,250 (nombrados y contratados)
¿DE CUÁNTO ES EL AUMENTO DE SUELDO PARA EL SECTOR PÚBLICO?
El aumento de sueldo va desde los S/51.11 hasta S/66.19 de acuerdo con el régimen laboral que pertenezca el trabajador estatal. A continuación, lo publicado en las Normas Legales del diario El Peruano. MÁS DETALLES AQUÍ.
¿QUÉ ES LA CTS Y PARA QUÉ SIRVE?
La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral intangible y solo debe ser usado por el trabajador al momento que acabe su vínculo laboral. Y es que el dinero permitirá atender contingencias que se originen, mientras busca un empleo, por empleo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo.
Este beneficio está regulado por Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, y su reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-TR. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
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