Un juzgado de El Salvador impuso una condena de 50 años de prisión a una joven que “sufrió una emergencia obstétrica” cuando tenía 19 años y dio a luz en una letrina de su casa, según informó este lunes una organización feminista que apelará la decisión.
Lesly Ramírez, quien ahora tiene 21 años, fue procesada inicialmente por aborto y ahora ha sido condenada por homicidio agravado.
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Su sentencia fue adoptada el 29 de junio y, según un comunicado de la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (Acdatee), se basó “en meros prejuicios de género”.
“La sentencia es una muestra de ensañamiento judicial contra mujeres, jóvenes, empobrecidas y que no tienen manera de defenderse. Es una injusticia”, comentó Morena Herrera, presidenta de la asociación.
Se trata de la primera vez que se aplica la pena máxima en el país centroamericano desde que se penalizó por completo el aborto, según la Acdatee.
“Sentí que algo se me salía”
Lesly es la tercera de siete hermanos en una familia en situación de pobreza que se dedica a la agricultura. No terminó su educación secundaria y desde temprana edad asumió las tareas del hogar, según la Acdatee.
Vivía en una vivienda sin agua ni energía y en junio de 2020, tras ir al baño en una letrina de su casa, comenzó un trabajo de parto precipitado expulsando la criatura en gestación, detalló la asociación.
“Sentí que algo me salía, estaba oscuro y no logré ver lo que expulsaba”, le contó Lesly Ramírez al colectivo feminista poco después del parto.
Según la Acdatee, los vecinos llamaron a la policía y la joven fue trasladada a un hospital donde fue esposada y detenida.
“Mediante una apelación vamos a pedir la libertad (...), ella es víctima de una sentencia injusta”, le dijo a la agencia AFP Morena Herrera.
La activista le dijo a la agencia EFE que el proceso judicial contra Lesly presentó errores porque el juez del caso no admitió peritajes de la defensa ni un estudio socioeconómico del Instituto de Medicina Legal ni un estudio psicológico en el que se recomendaba un análisis psiquiátrico.
Por su parte, el Ministerio Público salvadoreño informó que la condena de Lesly se basó en las pruebas presentadas en el juicio por los fiscales del caso y el dictamen forense, quienes determinaron que la bebé falleció consecuencia de un “degüello por herida tipo contuso-cortante producido con arma blanca”.
“Ocultó su embarazo a los familiares y tuvo un parto extrahospitalario en el que dio a luz a una niña que nació con vida y que, a través del reconocimiento forense, se estimó que tenía entre las 37 y 40 semanas de gestación”, afirma la investigación de la Fiscalía.
Pero la Acdatee defiende que Lesly “desconocía lo que estaba sucediendo” en su cuerpo debido a que su educación sexual era pobre.
“El 17 de junio de 2020, a las 9:30 de la noche, tuvo una emergencia obstétrica en su casa, sintió deseo de defecar y sin saberlo comenzaba el trabajo de parto”, precisó.
En El Salvador, los abortos involuntarios pueden ser tratados por la justicia como “homicidios agravados”, conllevando a penas de hasta 50 años.
Por otra parte, el Código Penal salvadoreño desde 1998 establece penas de hasta 8 años por abortar. La práctica estrictamente prohibida.
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