Chile. Tras la masiva renuncia de todos los obispos a su cargo en la Iglesia Católica que dejó su visita al Vaticano tras una semana marcada de reuniones, cartas y arrepentimientos por el comportamiento frente los casos de abuso sexual dentro de la Iglesia, cabe preguntarse qué significa que estos religiosos pongan a disposición del Papa Francisco sus cargos.
Esta renuncia masiva, no significa que la iglesia chilena queda acéfala de obispos, todo lo contrario, como aseguraron los obispos en su carta,“mientras el Santo Padre no las acepte, seguimos ejerciendo nuestra labor pastoral”. Por lo tanto, hasta que el Papa no de una respuesta a la misiva enviada por los obispos el día de hoy, no ocurrirán cambios en las labores que llevan a cabo respectivamente en sus diócesis.
Según el Código de Derecho Canónico, proclamado por Juan Pablo II, un obispo diocesano que por enfermedad u otra causa grave sea incapaz de cumplir su oficio “se le ruega encarecidamente presentar su renuncia al cargo”.
El Código explicita que “el obispo a quien se haya aceptado la renuncia de su oficio, conserva el título de obispo dimisionario de su diócesis, y, si lo desea, puede continuar residiendo en ella, a no ser que en casos determinados por circunstancias especiales la Sede Apostólica provea de otra manera”. El obispo que ha renunciado, queda con el título de “obispo emérito”, que es el título asignado a un obispo católico en el momento en que ya no conduce una diócesis determinada. La diócesis a la que ha renunciado, continua manteniendo un “vínculo espiritual” con el religioso. Como lo explicaba ya en enero pasado el abogado canónico Alejandro Álvarez, el Papa tiene todo el derecho de aceptar o no la renuncia de los religiosos, cuando se trata de “hechos graves”, no es necesario que haya un proceso judicial abierto ni una resolución, sino que solo su voluntad. Según sus dichos, “la Iglesia podría sancionar a un obispo con una censura, o una pena expiatoria. La más grave es la excomunión: cuando comete un grave pecado con respecto a la fe de la Iglesia”, comenta Álvarez.
En junio de 2016, el Papa Francisco firmó un decreto que se incorporó al derecho canónico, un “motu proprio”, que significa “madre amorosa”. Este decreto permite que el Santo Padre pueda remover de su cargo a obispos culpables de “negligencia” frente a casos de abusos sexuales contra menores. Según afirma el texto, los obispos tienen el deber de “mostrar una diligencia especial en la protección de los más débiles entre las personas que se les encomiendan”, consigna el diario argentino Clarín. Las indagaciones posteriores a la renuncia del obispo dependen de varios factores, “dentro de las directrices que la Iglesia ha ido confeccionando para enfrentar los temas de abuso está la remoción de los implicados en casos. El primer paso es removerlo, para que la investigación (posteriormente) se haga sin que esté en un cargo”, afirma el abogado canónico respecto a lo que puede pasar luego de que el Pontífice acepte la renuncia de alguno o todos los obispos de la Iglesia chilena.Fuente: Emol, GDA