El 26 de mayo de 1969, Colombia, Chile, Bolivia, Ecuador y el Perú firmaron el Acuerdo de Cartagena –por iniciativa de los dos primeros países– poniendo en marcha el proceso de integración andino conocido, primero, como Pacto o Grupo Andino, y luego como Comunidad Andina (CAN). Diez años después, el 28 de mayo de 1979, se creó el Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, que hoy representa la tercera corte internacional más activa del mundo. Actualmente, los miembros son Bolivia, Colombia, Ecuador y el Perú, sin perjuicio de que en un futuro pueda retornar Chile o Venezuela o puedan adherirse nuevos países.
Hoy por hoy, el ciudadano de a pie no conoce, a ciencia cierta, qué es la CAN, y mucho menos que en los últimos años el proceso de integración andino ha atravesado una etapa de crisis y de dificultades en el cumplimiento de sus objetivos.
Pero no podemos ser mezquinos con la CAN. Debemos reconocer que jamás en las Américas se ha llegado tan lejos en la institucionalización de los esfuerzos regionales, plasmados en, por ejemplo, el establecimiento de un ordenamiento jurídico supranacional –donde rigen los principios del efecto directo, la aplicación inmediata y la primacía del derecho comunitario sobre las legislaciones nacionales, tal y como ocurre en la Unión Europea–, y en la jurisdiccionalización del sistema de solución de controversias donde participan, en pie de igualdad, tanto los países miembros como las instituciones comunitarias, y las personas naturales y jurídicas afectadas. Más aun, solo la CAN puede jactarse de poder monitorear y actuar en los casos en los que sus miembros incumplan la normativa comunitaria. Justamente este entramado institucional y jurídico (tanto normativo como jurisdiccional) es un activo único e inexistente en los demás procesos de integración latinoamericanos.
Asimismo, no debemos olvidar que el Perú ha transferido competencias soberanas –desde normativas y de dirección política, hasta jurisdiccionales, ejecutivas o deliberantes– a la organización internacional. He ahí donde radica su gran valor, en haber conseguido lo que ningún otro bloque pudo: que sus miembros estén dispuestos a renunciar a un cierto grado de soberanía en pos de la consecución de objetivos colectivos, comunes y superiores.
En efecto, la CAN se ha alineado con los intereses individuales de sus ciudadanos –empresarios y consumidores–, garantizando sus derechos e intereses y aportando beneficios tangibles. Por ejemplo, se logró que el 100% de los productos peruanos circulen sin pagar aranceles dentro de la CAN y que nuestro intercambio comercial esté compuesto mayoritariamente por productos manufacturados, que son los que generan más empleo. Tenemos también derechos ciudadanos como la posibilidad de viajar solo con el documento de identidad (sin necesidad de visa ni pasaporte), contamos con un marco regulatorio para la interconexión subregional del sistema eléctrico, se eliminó el roaming telefónico entre el Perú y los países andinos, tenemos un completo régimen de propiedad intelectual que protege las creaciones intelectuales, y logramos establecer sistemas andinos de calidad, sanidad agropecuaria y sanidad humana para proteger la salud de los consumidores. En líneas generales, se incrementó el PBI de toda la región, el dinamismo de las pymes, así como el tráfico aéreo y movimiento de carga internacional por carretera.
Aprovechemos, pues, el aniversario de los 50 años de la CAN y los 40 de creación de su tribunal para imprimirle un nuevo y estratégico impulso en términos de dinamismo, pragmatismo y creatividad, como parte de una política de Estado que trascienda los vaivenes de izquierda a derecha de los gobiernos de turno que tanto daño han hecho y hacen a la región. * La autora trabajó en el Tribunal de Justicia de la CAN hasta el 2016.